El Decimoprimer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima ordenó al Ministerio de Salud y a EsSalud respetar la decisión de Ana Estrada Ugarte de poner fin a su vida, a través del procedimiento técnico de la eutanasia.
Ana Estrada Ugarte (de 43 años) es psicóloga de profesión y padece de polimiositis, una enfermedad incurable y degenerativa que deteriora progresivamente su capacidad motora, paralizándole casi todos los músculos del cuerpo.
Debido a su avanzada enfermedad, Ana Estrada hizo público su deseo de morir dignamente, asistida por un médico que le provea la medicación necesaria, cuando así lo considere; un procedimiento no contemplado en el país.
Acogiendo su caso, la Defensoría del Pueblo presentó al Poder Judicial una acción de amparo a favor de la ciudadana Ana Estrada Ugarte, a fin de que el Estado peruano reconozca su derecho a una muerte en condiciones dignas.
Solicitó, en ese marco, inaplicar el artículo 112 del Código Penal, que sanciona el delito de homicidio piadoso, para el caso de Ana Estrada, pues los efectos desplegados por dicha norma lesionan su derecho fundamental a la muerte en condiciones dignas.
La Defensoría considera que, si bien no hay un reconocimiento expreso del derecho a la muerte digna en la Constitución, el mismo deriva del artículo 3 que regula los derechos fundamentales no nominados basados en la dignidad humana. Asimismo, el Tribunal Constitucional ha reconocido otros derechos como el derecho a la dignidad, a la integridad, a la vida digna y al libre desarrollo de la personalidad.
El pasado 7 de enero, Jorge Ramírez, titular del 11.° Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima, escuchó en audiencia pública los argumentos de la Defensoría del Pueblo y la posición contraria de los procuradores del Ministerio de Justicia y de Salud.
Ana Estrada también participó en la audiencia a través de videoconferencia. Sostuvo que su pedido a una muerte digna no está basado en un estado de depresión, sino en tener la libertad de poder elegir cuándo y cómo morir.
Hoy, el juez Jorge Ramírez dio a conocer su fallo en el cual ordena al Ministerio de Salud y a EsSalud respetar la decisión de Ana Estrada Ugarte, de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia.
Dispone además inaplicar el Código Penal para no procesar a las personas que la asisten en su derecho y medidas para que tanto EsSalud como el Ministerio de Salud garanticen su voluntad, cuando la haga manifiesta.
El defensor del pueblo, Walter Gutiérrez, saludó la resolución, que calificó de histórica como un homenaje a la libertad y la autonomía de la voluntad.
(FIN) FHG/CVC
GRM
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Publicado: 25/2/2021