La justicia de los Estados Unidos (EE.UU.) rechazó la demanda contra el Departamento de Estado presentado por el expresidente Alejandro Toledo, recurso que busca frenar la extradición hacia el Perú.
Dicha medida fue tomada por la jueza Beryl A. Howell, de la Corte del distrito de Columbia, sustentando su decisión en que Toledo Manrique "no demostró una probabilidad de éxito en cuanto al fondo".
"Después de considerar la petición de una medida cautelar u orden de restricción temporal, los memorandos presentados en apoyo y oposición, y todo el expediente aquí, por las razones expuestas en la Opinión de Memorando adjunta, por la presente se ordena que se deniegue la petición de la parte demandante de una medida cautelar", señala en la resolución la referida jueza.
En el documento, que contiene 59 puntos, se alega que para cumplir con el debido proceso se requiere informar al demandante y su abogado sobre la decisión de extradición y los motivos de tal decisión.
Sin embargo, la magistrada Beryl A. Howell resolvió que "la Cláusula del Debido Proceso no exige un procedimiento más amplio que el que el demandante (Alejandro Toledo) de hecho recibió", por lo que "no tiene derecho" a una medida cautelar.
"En realidad, la decisión final del secretario de Estado no se produce en el vacío, sino que es posterior a una cantidad sustancial de otros procesos también centrados en la determinación de la extraditabilidad del fugitivo, en los que el fugitivo (Alejandro Toledo) ya ha sido un participante clave", argumenta Howell.
Asimismo, en el documento emitido por la Corte del distrito de Columbia, la jueza agrega que el "para el demandante (Alejandro Toledo), la decisión del secretario representa simplemente el paso final en lo que han sido varios años de oportunidades para él, con la asistencia de un abogado, para presentar pruebas".
Además, "para desarrollar el expediente a través de procedimientos contradictorios, para participar en múltiples audiencias ante varios jueces, para atacar colateralmente las decisiones judiciales resultantes en habeas, y para complementar el expediente con presentaciones escritas ilimitadas al Departamento de Estado".
De igual modo, agrega que "resulta evidente que el demandante recibió el equivalente, sino mucho más, del proceso al que alega que tenía derecho en virtud de la jurisprudencia citada".
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