Andina

Agilizarán trámites para participar en obras de reconstrucción

Establecen requisitos mínimos que deberán presentar las entidades ejecutoras

Agilizarán obras de reconstrucción en beneficio de la población afectada por El Niño Costero.

Agilizarán obras de reconstrucción en beneficio de la población afectada por El Niño Costero.

21:30 | Lima, ene. 9.

Un trámite más ágil a través de requisitos mínimos para participar en obras de reconstrucción se establecen en el Decreto Supremo N° 003-2019-PCM, que reglamenta la Ley N° 30556, publicado hoy, resaltó la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (ARCC).

La referida ley aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios. 

La reconstrucción del canal Mochumí, en la región Lambayeque, es una de las obras priorizadas.

La disposición destaca en su anexo que las entidades ejecutoras deberán presentar requisitos mínimos que agilizan su participación en las distintas modalidades de financiamiento.

Las solicitudes pueden ser presentadas para financiar cualquiera de los componentes del Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios (PIRCC), a través de Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI), Intervenciones de Reconstrucción mediante Actividades (IRA), así como estudios o similares.

En el caso de las IRI se precisan cinco requisitos: memoria descriptiva con el nombre de la intervención, plano de ubicación, último estado de la infraestructura a intervenir, planteamiento técnico de la propuesta, presupuesto de obra y plazo de ejecución.

Asimismo, se deberá presentar la resolución de aprobación del expediente técnico; Formato Único Reconstrucción (FUR), aprobado en el Banco de Inversiones; cadena programática funcional; y un informe de no existencia de duplicidades.

Dichas solicitudes deberán identificar al responsable de coordinar con la ARCC durante el proceso de evaluación, incluyendo su correo electrónico y otros datos de contacto.

Observaciones

Si durante la evaluación de la solicitud se formulan observaciones, la ARCC comunicará a la entidad ejecutora por escrito o correo electrónico, dirigido al responsable de la coordinación, dando la posibilidad de brindar asistencia técnica para la subsanación de las observaciones, que deberán ser levantadas para continuar con el trámite.

Culminada la evaluación, la ARCC propone al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) un proyecto de decreto supremo con la incorporación o transferencia de los recursos del Fondes a favor de la entidad ejecutora. 

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(FIN) NDP/JOT

Publicado: 9/1/2019