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Actualizan reglamento para acceder a bono familiar habitacional para vivienda nueva

Aplicable para unidades de interés social

ANDINA/Difusión

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10:00 | Lima, ene. 1.

El Ministerio de Vivienda, Construcción Y Saneamiento (MVCS) modificó el Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional (BFH), para la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva.

Para ello publicó la Resolución Ministerial N° 587-2023-Vivienda en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano. 

De este modo, cambió el párrafo 5.1 del artículo 5 del Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional, para la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva, que fuera aprobado por la Resolución Ministerial N° 313-2020-Vivienda

Así, desde hoy el valor de la Vivienda de Interés Social (VIS) es el precio estipulado en el Contrato de Compraventa respectivo acordado entre el GFE y el Promotor sobre condiciones de mercado, el cual no debe exceder lo establecido en el cuadro siguiente, en el que además se indica el valor del Bono Familiar Habitacional (BFH) y del ahorro: 
 

Tipo de VIS Valor de la VIS Valor del BFH Ahorro 

VIS Priorizada en Hasta S/ 55,000 9.4 UIT Mínimo 3% del valor de la vivienda 
Lote Unifamiliar 

 
VIS Priorizada en Hasta S/ 68,000 9.7 UIT Mínimo 3% del valor de la vivienda 
Edificio Multifamiliar 
/ Conjunto Residencial/  
Quinta 
 

VIS en lote   Hasta S/ 102,800* 8.7 UIT Mínimo 3% del valor de la vivienda 
Unifamiliar


VIS en Edificio Hasta S/ 128,400* 8.7 UIT Mínimo  3% del valor de la vivienda 
Multifamiliar/ Conjunto 
Residencial/ Quinta  

(*) Valor actualizado al año 2023 mediante Decreto Supremo Nº 003-2023-Vivienda 

 

Objetivos


El Bono Familiar Habitacional (BFH) se creó como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).  

Se otorga por una sola vez a los beneficiarios, con criterio de utilidad pública, sin cargo de restitución por parte de estos y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro y de su esfuerzo constructor; el cual se destina exclusivamente a la adquisición, construcción en sitio propio o mejoramiento de una Vivienda de Interés Social (VIS). 
 

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(FIN) SDD


Publicado: 1/1/2024