Andina

53 padres que no pagan alimentos a hijos fueron incluidos este año en el Redam

ANDINA/Oscar Farje

ANDINA/Oscar Farje

09:27 | Lima, may. 14.

El Registro de de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) emitió en lo que va del año 53 resoluciones por incumplimiento del pago de pensiones por alimentos a hijos, hijas, padres o madres y personas con discapacidad, establecidas por proceso judicial o en acuerdo conciliatorio.

Según cifras del Redam, en enero se dictaron nueve resoluciones, en febrero, marzo y abril 12 por mes, mientras que en lo que va de mayo están  procesadas otras ocho resoluciones.
 
Durante el año pasado, Redam emitió un total de 207 resoluciones respecto a personas que adeudan tres cuotas (sucesivas o no) de obligaciones alimentarias establecidas en sentencias consentidas y ejecutoriadas o acuerdos conciliatorios.

La encargada de este registro del Poder Judicial, Pierina De la Riva Quispillo, explicó que las inscripciones son realizadas por mandato judicial a pedido de la parte afectada.
 
Luego, la solicitud que declara un deudor alimentario moroso es efectuada en el juzgado donde fue realizado el juicio y una vez recibido el documento el magistrado debe notificar sobre el pedido al demandado.
 
Este tiene tres días de plazo para responder al respecto, vencido ese tiempo el juez resolverá (también en tres días) la inscripción del deudor en el Redam.                                                                                                                                                                                                                                                                                    
La solicitud de la parte afectada debe adjuntar copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) y la sentencia que establece la pensión de alimentos. El documento está disponible en la página web del Poder Judicial (www.pj.gob.pe)

Mal pagador
 
De proceder el pedido, el Registro de Deudores identificará si el moroso tiene contrato laboral vigente o cuenta con  bienes inscritos en Registros Públicos.
 
El juez, de acuerdo con sus atribuciones, puede disponer la retención o embargo de los ingresos o bienes de la persona deudora.
 
Cada mes el Redam registra la deuda alimentaria en la Central de Riesgos de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones (SBS), cuya información es remitida también a las centrales de riesgo privadas.
 
Cabe recordar que la persona ingresada al Redam no podrá tramitar préstamos ante cualquier entidad financiera por ser considerado como mal pagador.
 
Además el deudor alimentario será impedido de participar en cualquier proceso electoral y no podrá salir del país hasta que sea eliminado del padrón.
 
(FIN) NDP/ART


Publicado: 14/5/2017