Janet Tello califica como histórica ley que incorpora a trabajadores CAS a régimen 728

Destacó que la nueva ley permitirá reducir la precariedad laboral

ANDINA/Difusión

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13:30 | Lima, nov. 22.

La presidenta del Poder Judicial, Janet Tello Gilardi, consideró como histórica la promulgación de la Ley 32504, que incorpora al régimen laboral del Decreto Legislativo 728 al personal del Poder Judicial contratado bajo el Decreto Legislativo 1057 (CAS) a plazo indeterminado. La norma fue publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.

¡Sí, se pudo! Es un hecho histórico, una iniciativa legislativa de la Corte Suprema se hizo realidad, pues la Ley 32504 publicada el día de hoy, reivindica derechos laborales de los trabajadores sujetos al régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) para pasarlos al Decreto Legislativo 728”, señaló la titular del Poder Judicial.

Tello Gilardi destacó que la ley permitirá erradicar la inestabilidad, desigualdad y perjuicios derivados por contratos temporales con menores derechos y beneficios, y contribuirá a un entorno laboral más justo y eficiente.

La iniciativa legislativa fue aprobada inicialmente en la Sala Plena de la Corte Suprema y, posteriormente, por el Pleno del Congreso a fines de octubre.

Requisitos de incorporación

La ley establece que los trabajadores CAS deberán contar con contrato vigente a plazo indeterminado, haber ingresado mediante concurso público de méritos y ocupar una plaza transitoria con presupuesto sostenible a la fecha de su publicación.

Quedan excluidos quienes laboran en proyectos de inversión o de corta duración, quienes cumplen funciones de suplencia, quienes desempeñan cargos de dirección o confianza, los contratados sin concurso público y aquellos con 70 años o más.

La norma precisa que, una vez incorporados al régimen 728, los trabajadores quedarán sujetos al régimen laboral de la actividad privada, con protección contra el despido injustificado. Se reconoce además el tiempo laborado bajo el régimen CAS para efectos del cómputo de antigüedad, sin otorgar derechos retroactivos adicionales.

Implementación progresiva

La incorporación se realizará de forma progresiva en un plazo máximo de cinco años, conforme a la disponibilidad presupuestal y el orden de prelación por antigüedad contractual.

El Poder Judicial, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, deberá emitir en un plazo de 60 días hábiles las disposiciones y lineamientos complementarios para la implementación, así como conformar una comisión que garantice transparencia en el proceso, con participación de representantes de los trabajadores como veedores.

(FIN) KCO/JCC

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Publicado: 22/11/2025