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SMV aprueba nuevo Reporte de Sostenibilidad Corporativa

Exigible a emisores con valores inscritos en el registro público del mercado de valores

Foto: ANDINA/Melina Mejía.

Foto: ANDINA/Melina Mejía.

19:28 | Lima, feb. 11.

El nuevo Reporte de Sostenibilidad Corporativa establece que los emisores de valores objeto de oferta pública revelarán al mercado información acerca de sus actividades y gestión de riesgos inherentes al desarrollo medioambiental y social, indicó hoy la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV).

Mediante Resolución de Superintendente N°018-2020-SMV/01, publicada el 8 de febrero de 2020, la SMV aprobó la resolución que sustituye el Reporte de Sostenibilidad Corporativa (RSC). 

La SMV indicó que el nuevo RSC está acorde a las actuales tendencias en materia social y medioambiental, lo que permitirá que tanto los accionistas, inversionistas y otros grupos de interés puedan disponer de información relevante y precisa sobre las políticas, estándares y acciones que los emisores están implementando para asegurar su sostenibilidad en el largo plazo.

“Si bien el nuevo RSC mantiene los principales lineamientos del anterior reporte, introduce una nueva estructura, mayor detalle y desagregación en las preguntas y definiciones que contribuyen a una mejor comprensión de los diversos conceptos contemplados en el RSC”, precisó el ente regulador del mercado de valores.




Asimismo, destacó que este nuevo RSC tomó en cuenta la propuesta de mejora presentada por la mesa de trabajo Ambiental, Social y de Buen Gobierno del Consejo Consultivo de Mercado de Capitales. 

“La cual está alineada con los resultados obtenidos del Diagnóstico y Documento de apoyo para el desarrollo de una Hoja de Ruta del Mercado de Valores, documentos elaborados por el Banco Mundial con apoyo de la Cooperación Suiza (Seco)”, indicó.

Finalmente, enfatizó que el nuevo RSC debe ser presentado por los emisores de manera obligatoria en el año 2021 (información ejercicio 2020), pudiendo hacerlo de manera voluntaria en el presente año. 

“Con la información anual que difundan correspondiente al ejercicio 2019, no siendo exigible en dicho caso la presentación del anterior Reporte de Sostenibilidad Corporativa aprobado por la Resolución SMV N°033-2015-SMV/01”, puntualizó.

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Publicado: 11/2/2020