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Un año de pandemia: Las primeras normas que enfrentaron al nuevo coronavirus

Cuarentena. Foto:  Ministro del Interior

Cuarentena. Foto: Ministro del Interior

12:00 | Lima, mar. 12.

Por Fidel Gutiérrez

La detección del primer caso de covid-19 en el país y la pandemia global obligó a las autoridades a poner en vigencia un conjunto de medidas para enfrentar esta nueva realidad, y la que cambió, entre otras, la forma de vivir de los peruanos fue la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional.

No obstante, el 11 de marzo, cinco días después de confirmarse el primer caso de contagio de coronavirus en el país, el Poder Ejecutivo emitió las primeras disposiciones legales destinadas a enfrentar esta pandemia, persistente hasta la fecha.

Así, el gobierno central emitió ese día el decreto de urgencia 025-2020 (https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/dictan-medidas-urgentes-y-excepcionales-destinadas-a-reforza-decreto-de-urgencia-n-025-2020-1863981-1/), asignando el manejo rector de este tema al Ministerio de Salud (Minsa), junto a la ejecución de medidas excepcionales para reforzar la vigilancia y la respuesta sanitaria ante el virus. Con ese fin, se le dio a dicha cartera una partida de 100 millones de soles.

El Minsa, a su vez, lanzó en esa misma fecha el decreto supremo 008-2020 (https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-declara-en-emergencia-sanitaria-a-nivel-decreto-supremo-n-008-2020-sa-1863981-2/),  declarando el estado de emergencia sanitaria nacional, condición que le permite establecer medidas excepcionales respecto al covid-19 en diversos ámbitos. Estas abarcaban cierre de fronteras y puertos terrestres y aéreos, colegios, lugares públicos, medios de transporte y centros laborales.


El plazo fijado en dicha disposición fue de 90 días calendario, pero dicho estado de emergencia ha venido siendo objetos de prórrogas sucesivas, manteniéndose vigente hasta hoy.

Inicialmente se estableció que todos los ingresantes al territorio nacional presenten una declaración jurada sobre su salud. Asimismo, se dispuso que los viajeros que llegaban de Italia, España, Francia y China (el listado se ampliaría posteriormente) se mantuvieran en aislamiento domiciliario durante catorce días.

Emergencia nacional

Un día después, mientras aparecían más casos de contagio, la Presidencia del Consejo de Ministros oficializó con la resolución ministerial 083-2020 (https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/conforman-grupo-de-trabajo-denominado-comision-multisectori-resolucion-ministerial-n-083-2020-pcm-1864236-1/), la creación de una comisión multisectorial de alto nivel encargada de conducir las labores de coordinación y articulación frente a la pandemia. 

Dicho grupo lo encabeza el titular del gabinete, con la participación de siete ministros, un representante de los gobiernos regionales y las cabezas de Essalud, Migraciones y el Indeci.

El avance considerable del número de contagiados llevó al gobierno de turno a declarar estado de emergencia nacional. El decreto supremo 044-2020 (https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-declara-estado-de-emergencia-nacional-po-decreto-supremo-n-044-2020-pcm-1864948-2/), que establecía dicha decisión, fue oficializado por la PCM el 15 de marzo.


A las disposiciones propias de una declaratoria de emergencia nacional se añadieron otras medidas restrictivas, referidas a la circulación por vías públicas, el cierre de locales comerciales y lugares públicos, la clausura de las fronteras y la reducción, en un 50%, de las operaciones del transporte urbano y del 100% del transporte interprovincial.

A su vez, en el decreto de urgencia 025-2020 (https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/dictan-medidas-urgentes-y-excepcionales-destinadas-a-reforza-decreto-de-urgencia-n-025-2020-1863981-1/), emitido también el 15 de marzo, se autorizaron transferencias presupuestales para la Autoridad de Transporte Urbano y para el otorgamiento de una bonificación extraordinaria para el personal de atención al covid-19 del Seguro Social de Salud (Essalud). 



Ese mismo día se dio el decreto de urgencia 026-2020 (https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-de-urgencia-que-establece-diversas-medidas-excepcion-decreto-de-urgencia-n-026-2020-1864948-1/) en el que se autoriza una partida del orden de los 28 millones 418 mil 400 nuevos soles con el fin de asignar un bono extraordinario a los trabajadores de Essalud abocados a la atención de casos de covid-19. Además se transfirieron 22 millones de soles para la toma de muestras de despistaje a domicilio por parte del Minsa.

Asimismo, se dispuso otorgar un subsidio a los trabajadores de Essalud afectados por covid-19 que perciban remuneraciones menores a dos mil 400 soles, asignándose una partida de 200 millones de soles con tal fin.

En este mismo decreto quedó establecida la aplicación del trabajo remoto en vez del presencial, a fin de evitar contagios de covid-19, fijándose determinadas obligaciones tanto para el empleador como para los trabajadores. Asimismo, se autorizó al Ministerio de Educación fijar disposiciones referidas a los mecanismos de clases remotas o no presenciales.


(FIN) FGM/CVC

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Publicado: 12/3/2021