Por Fidel GutiérrezLa detección del primer caso de covid-19 en el país y la pandemia global obligó a las autoridades a poner en vigencia un conjunto de medidas para enfrentar esta nueva realidad, y la que cambió, entre otras, la forma de vivir de los peruanos fue la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional.
No obstante, el 11 de marzo, cinco días después de confirmarse el primer caso de contagio de coronavirus en el país, el Poder Ejecutivo emitió las primeras disposiciones legales destinadas a enfrentar esta pandemia, persistente hasta la fecha.
El plazo fijado en dicha disposición fue de 90 días calendario, pero dicho estado de emergencia ha venido siendo objetos de prórrogas sucesivas, manteniéndose vigente hasta hoy.
Inicialmente se estableció que todos los ingresantes al territorio nacional presenten una declaración jurada sobre su salud. Asimismo, se dispuso que los viajeros que llegaban de Italia, España, Francia y China (el listado se ampliaría posteriormente) se mantuvieran en aislamiento domiciliario durante catorce días.
Emergencia nacional
Dicho grupo lo encabeza el titular del gabinete, con la participación de siete ministros, un representante de los gobiernos regionales y las cabezas de Essalud, Migraciones y el Indeci.
A las disposiciones propias de una declaratoria de emergencia nacional se añadieron otras medidas restrictivas, referidas a la circulación por vías públicas, el cierre de locales comerciales y lugares públicos, la clausura de las fronteras y la reducción, en un 50%, de las operaciones del transporte urbano y del 100% del transporte interprovincial.
Asimismo, se dispuso otorgar un subsidio a los trabajadores de Essalud afectados por covid-19 que perciban remuneraciones menores a dos mil 400 soles, asignándose una partida de 200 millones de soles con tal fin.
En este mismo decreto quedó establecida la aplicación del trabajo remoto en vez del presencial, a fin de evitar contagios de covid-19, fijándose determinadas obligaciones tanto para el empleador como para los trabajadores. Asimismo, se autorizó al Ministerio de Educación fijar disposiciones referidas a los mecanismos de clases remotas o no presenciales.
(FIN) FGM/CVC
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Publicado: 12/3/2021