Andina

Transfieren S/ 48.6 millones a las Ollas Comunes para atención complementaria

Además, Ejecutivo asigna más de S/ 31 millones para la identificación de hogares vulnerables

Madre de familia participante en las labores de las Ollas Comunes. ANDINA/Difusión

Madre de familia participante en las labores de las Ollas Comunes. ANDINA/Difusión

22:33 | Lima, jul. 25.

El Ejecutivo aprobó hoy la transferencia de más de 48.6 millones de soles al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) para financiar la atención alimentaria complementaria de las Ollas Comunes en el país.

Así lo determinó a través del Decreto de Urgencia Nº 029-2023 publicado hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

La norma precisa que se autoriza una transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público, para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de 48 millones 653 mil 871 soles, a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para financiar la atención alimentaria complementaria en favor de las Ollas Comunes de la Provincia Constitucional del Callao, Lima Provincias y las provincias del interior del país. 

La norma también actualiza el registro y la solicitud de atención alimentaria. De esta manera, establece que la actualización del registro de las Ollas Comunes y sus beneficiarios, es responsabilidad de las municipalidades de acuerdo con las funciones establecidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 31126, que la modifica. 

Para la actualización del registro de las ollas comunes y sus beneficiarios, las municipalidades distritales deben utilizar, de manera excepcional y únicamente para efectos de lo establecido en el presente Decreto de Urgencia, la norma establece un conjunto de criterios de carácter transitorio.


Financiamiento para identificación de hogares 


La norma también autoriza una transferencia hasta por la suma de 31 millones 893 mil 367 soles, a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) y de diversos gobiernos locales, para financiar el fortalecimiento del Sistema Nacional de Focalización y la identificación de hogares en situación de vulnerabilidad económica en el marco del Sistema Nacional de Focalización. 

Los gobiernos locales habilitados y los montos de transferencia de partidas se detallan en el Anexo “Transferencia de recursos a favor de diversos gobiernos locales para el empadronamiento de población en posible situación de pobreza y/o vulnerabilidad”, que forma parte integrante del presente Decreto de Urgencia.

Este anexo se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.


El Decreto de Urgencia Nº 029-2023 tiene por objeto dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera, para el Año Fiscal 2023, a fin de impulsar la economía familiar de las personas en situación de vulnerabilidad y la reactivación del sector turismo.

También el referido decreto brinda facilidades de pago para las empresas que tienen créditos reprogramados bajo lo establecido por el Decreto de Urgencia Nº 011-2022; y autoriza a los Gobiernos Regionales para ejecutar inversiones correspondientes a los servicios de Educación Superior Universitaria en universidades públicas.

La norma lleva la rúbrica de la presidenta de la República, Dina Boluarte Zegarra; el jefe del Gabinete ministerial, Luis Alberto Otárola; el ministro de Comercio Exterior y Turismo, Juan Carlos Mathews; el ministro de Desarrollo e Inclusión Social, Julio Demartini; el ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras Miranda; y la ministra de Educación, Magnet Carmen Márquez.

Más en Andina:



(FIN) MDV / MDV 


Publicado: 25/7/2023