Andina

Trabajadores que laboren el 30 de agosto recibirán triple remuneración

Si el pago diario del trabajador es 50 soles, por trabajar ese día deberá percibir 150

Sunafil hará las inspecciones que correspondan para el cumplimiento de la Ley. Fuente: Sunafil.

Sunafil hará las inspecciones que correspondan para el cumplimiento de la Ley. Fuente: Sunafil.

18:05 | Lima, ago. 23.

Los trabajadores del sector privado que laboren el viernes 30 de agosto, Día de Santa Rosa de Lima, tienen derecho a percibir tres remuneraciones diarias, refirió la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
 
Precisó  que deberán recibir su remuneración del día feriado, la remuneración por el trabajo realizado, más una sobretasa del 100%, 

Es decir, que si el pago diario del trabajador equivale a 50 soles, al trabajar en día feriado no laborable, deberá percibir 150 soles por ese día. 

Cabe señalar que el 30 de agosto es considerado feriado nacional para los trabajadores privados, de acuerdo al Decreto Legislativo 713. 


Día no laborable


De otro lado, la Sunafil considera necesario explicar que a diferencia del feriado del 30 de agosto, el jueves 29 de este mes, fue considerado día no laborable para los trabajadores del sector público. Sin embargo, las horas dejadas de trabajar deberán ser compensadas, de forma obligatoria, durante los siguientes días.

Este y otros días no laborables han sido declarados mediante Decreto Supremo  002-2019-PCM. Esta disposición para el sector público, también puede ser acogida por los centros de trabajo del sector privado, previo acuerdo entre el empleador y los trabajadores. 

En caso la empresa decida no acogerse y los trabajadores deban ir a laborar, no se aplicará la regla de pagos adicionales ni descanso sustitutorio como sucede para el 30 de agosto, pues no se trata de un día feriado.


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(FIN) SDD/JJN

JRA


Publicado: 23/8/2019