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Decreto Supremo Nº 061-2026-EF, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se modificó el mencionado
reglamento para adecuar su contenido a las disposiciones establecidas en la Ley que autoriza el retiro extraordinario y facultativo de los fondos de los afiliados al
Sistema Privado de Pensiones hasta por el monto de 4 Unidades Impositivas Tributarias – UIT (Ley N° 32445).
Cabe recordar que, en setiembre del 2025, el Poder Ejecutivo emitió el reglamento de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, donde se establecía la obligación de los trabajadores independientes para aportar a las AFP o la ONP desde el año 2028.

Pero, posteriormente, con la Ley N° 32445 se dispuso la eliminación de la obligatoriedad de los aportes previsionales para los trabajadores independientes.
Ante ello, el MEF ha publicado el presente decreto supremo donde señala que los trabajadores independientes pueden realizar aportes previsionales de manera voluntaria.
La norma en mención se publica en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en las sedes digitales del MEF (www.gob.pe/mef), el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe) y el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis).