Con el objetivo de reforzar la seguridad ciudadana, combatir las extorsiones, el anonimato, prevenir fraudes y la suplantación de identidad, el Poder Ejecutivo dispuso que, desde el 14 de febrero, las personas naturales, peruanos y extranjeros, solo podrán contratar hasta 7 líneas móviles a su nombre, pero ¿qué ocurre con los que tienen más?
De acuerdo con el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), los usuarios que ya contaban con más de 7 líneas antes de la entrada en vigencia de la norma (hasta el 13 de febrero) no perderán sus servicios actuales, pero no podrán contratar nuevas líneas. La medida aplica únicamente hacia adelante, en respeto al principio de seguridad jurídica.
En esa línea, el organismo regulador verifica, desde la entrada en vigencia de la norma el 14 de febrero, la cantidad de servicios móviles registrados bajo cada titular y, en caso de exceder el límite, solicita a las empresas operadoras que procedan con la baja de las líneas adicionales.
Impacto en los usuarios
La disposición busca proteger derechos fundamentales como la seguridad, identidad y protección de datos personales.
Según la Encuesta Residencial de Servicios de Telecomunicaciones (Erestel) 2024, elaborada por Osiptel, los usuarios peruanos suelen utilizar entre 1 y 6 líneas móviles. Por ello, la limitación en la contratación de líneas solo afectaría a aquellas personas cuyo uso pudiera considerarse sospechoso o vinculado a actividades delictivas.
Tampoco afectaría el crecimiento y la cifra de negocios de los operadores, porque el 66.4 % de los usuarios tiene entre 1 y 2 líneas.
En caso de consultas o alguna orientación, pueden llamar al Osiptel través de su FonoAyuda 1844 o acudir a sus oficinas desplegadas en todo el territorio nacional.
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(FIN) NDP/JAM