Exclusión del beneficio
La Sunat precisó que están excluidos de este beneficio, de acuerdo al citado decreto, aquellos empleadores que al 31 de diciembre del 2019 mantengan deudas tributarias exigibles coactivamente mayores a 5 UIT del 2020; o que se encuentren en proceso concursal.
También aquellos que están dentro de los alcances de la Ley N° 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos, vigente a la fecha de publicado el presente Decreto de Urgencia.
Fecha fue ampliada
La ministra de la Producción, Rocío Barrios, indicó ayer que un conjunto de 265,000 empresas afectadas por las medidas de cuarentena para contener la pandemia del coronavirus, ya se inscribieron para acceder al beneficio del subsidio a las planillas de sus trabajadores.
La fecha final para acceder a este beneficio, que inicialmente vencía el 7 de abril, fue ampliada seis días más mediante la Resolución de Superintendencia 068-2020/Sunat.
La Sunat sostuvo hace unos días que aproximadamente el 30% del universo proyectado de empleadores del sector privado que podría aplicar a este subsidio aún no ha registrado su CCI.