00:37 | Lima, dic. 01 (ANDINA).
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Colegio de Abogados del Callao, contra la Ley Nº 29625, “Ley de Devolución de los aportes al Fondo Nacional de Vivienda” (Fonavi).
En su sentencia recaída en el Expediente Nº 007-2012-PI/TC, el TC estableció que el aporte del trabajador será devuelto individualmente, ya que dichos aportes fueron sustraídos de sus patrimonios, sin cumplir la finalidad preestablecida por el fondo.
A través de una nota de prensa, esta institución informó que el aporte del Estado y la Empresa se destinará a un fondo colectivo y solidario, con el objeto de lograr la satisfacción de la necesidad básica de vivienda de los fonavistas que así lo requieran por su falta de acceso adecuado a este derecho fundamental.
Finalmente, dispuso que el Poder Ejecutivo expida el Reglamento a que se refiere el fundamento 68 de la sentencia, en un plazo no mayor de 60 días hábiles.
La demanda en mención fue interpuesta el pasado 10 de febrero por el Colegio de Abogados del Callao, por considerar que dicha ley violaba el principio de justicia establecido en la Constitución y su cumplimiento afectaría el erario nacional.
La ley del Fonavi establece el marco legal para la devolución de los aportes que miles de ciudadanos realizaron de sus remuneraciones a un fondo que fue creado con la finalidad de financiar la construcción y compra de viviendas sociales.
No obstante, los fondos recaudados nunca fueron empleados con ese objetivo, por lo que los aportantes se organizaron y después de varios años, consiguieron la convocatoria a un referéndum para que la población se pronuncie sobre si dichos aportes debían ser devueltos por el Estado.
En dicha consulta popular, realizada en octubre del 2010, ganó el “Sí”, por lo que se aprobó la devolución, proceso que continúa hasta el momento.
(FIN) CCR
Publicado: 1/12/2012