Suspenden por 90 días importación de mercancías pecuarias de origen aviar desde Chile

Por riesgo de transmisión del virus que causa la enfermedad de influenza aviar de alta patogenicidad

Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (imagen referencial). Foto: ANDINA/Difusión

Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (imagen referencial). Foto: ANDINA/Difusión

23:13 | Lima, mar. 30.

El Ministerio de Desarrollo Agrario (Midagri) anunció la suspención por 90 días de la importación de mercancías pecuarias de origen aviar que puedan transmitir o sirvan de vehículo del virus que causa la enfermedad de influenza aviar de alta patogenicidad, procedentes de la República de Chile.

Así lo establece la Resolución Directoral Nº D000014-2026-MIDAGRI-SENASA-DSA, publicada este lunes en una edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

A partir de información del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), el texto legal resuelve, en su artículo 1, “suspender por un periodo de noventa (90) días calendario (…) la importación de mercancías pecuarias de origen aviar que puedan transmitir o sirvan de vehículo del virus que causa la enfermedad de influenza aviar de alta patogenicidad”, procedentes de Chile.
 
Se exceptuarán de la suspensión las mercancías que se encuentren en tránsito internacional hacia el Perú antes del 26 de marzo de 2026. 

“Dichas mercancías deberán contar con permiso sanitario de importación y certificado sanitario de exportación de la autoridad sanitaria oficial del país de origen, y su ingreso estará condicionado a la inspección sanitaria favorable del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, quien podrá aplicar las medidas administrativas establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1387 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAGRI”.

El artículo 3 de la norma señala que la suspensión dispuesta en la presente Resolución Directoral “podrá levantarse, reducirse o ampliarse, de acuerdo con la evaluación que la Subdirección de Cuarentena Animal realice de la información emitida por la autoridad sanitaria oficial de la República de Chile”.

La norma está firmada por el director general de la Dirección de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), Mario Alexis Bonifaz Flores.

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(FIN) CCH

Publicado: 30/3/2026