Sunat: más de 130,000 negocios y empresas ya presentaron declaración de renta anual 2025

El cronograma para que las empresas y negocios cumplan con esta obligación se inicia el próximo 26 de marzo

ANDINA/Juan Carlos Guzmán

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13:00 | Lima, mar. 25.

Hasta el momento más de 130,000 contribuyentes (entre empresas y negocios) ya cumplieron con presentar su Declaración Anual de Renta 2025, adelantándose a las fechas de vencimiento, que se inician el próximo 26 de marzo, informó la Sunat.

Consideró que ello demuestra el interés que tienen los contribuyentes por cumplir con sus obligaciones tributarias, que para mayores facilidades se presentan de manera virtual sin trámites presenciales.

Cabe precisar que el plazo final para que los negocios o empresas presenten su declaración, no habrá prórrogas, iniciará esta semana y culminará el próximo 13 de abril del 2026. Las fechas de vencimientos consideran el último dígito del RUC del contribuyente.




Formularios virtuales

Cabe precisar que las declaraciones se pueden presentar utilizando el Formulario Virtual N° 710 (FV 710 versión simplificada o completa): Renta Anual Tercera Categoría para negocios o empresas, disponibles en el portal de la Sunat desde el pasado 2 de enero.

Información personalizada 

Como cada año la Sunat pone a disposición de los contribuyentes un archivo personalizado con información referencial, que deberá ser verificada, completada o modificada antes de presentar la declaración y que facilita el cumplimiento de esta obligación. 

Para los negocios o empresas incluye, además, datos sobre los saldos a favor, pagos a cuenta, retenciones e ITAN  aplicable. Dicha información referencial está disponible en el FV 710 desde el 16 de febrero del 2026. 

¿Quiénes deben presentar la Declaración?

En el caso de los negocios o empresas están obligados a presentar la declaración quienes durante el 2025:

Obtuvieron rentas o pérdidas de Tercera Categoría del Régimen General o Mype Tributario (RMT). 

Realizaron operaciones gravadas con el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) por haber efectuado el pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o medios de pago.

También están obligadas las empresas no incluidas en la Ley N.° 31940, que, entre otros supuestos, iniciaron operaciones durante el año 2025 o tuvieron ingresos mayores a 1,700 UITs en el año 2024.

Para más información sobre los cronogramas de vencimientos y las facilidades implementadas por la Sunat para presentar la Declaración Anual de Renta 2025, los contribuyentes pueden visitar el portal especializado.


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(FIN) NDP/JJN

Publicado: 25/3/2026