Andina

Sunat establece tope de ingresos para exoneración y retención del Impuesto a la Renta

Para trabajadores independientes

Foto: ANDINA/Renato Pajuelo

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12:46 | Lima, ene. 2.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) incrementó el monto de ingreso a partir del cual se aplicará la exoneración del pago y retención del Impuesto a la Renta durante el ejercicio fiscal 2020 a los trabajadores independientes (Rentas de Cuarta Categoría).

Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 280-2019/Sunat, se estableció los nuevos montos debido al incremento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que pasó de 4,200 soles en el 2019 a 4,300 soles para el presente año.

La norma establece que no están obligados a efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta los contribuyentes cuyos ingresos por Rentas de Cuarta Categoría o las Rentas de Cuarta y Quinta Categoría percibidas en el mes no superen el monto de 3,135 soles.

Tampoco aquellos que tengan funciones de directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares y perciban rentas por dichas funciones y además otras Rentas de cuarta y/o quinta categorías, y el total de tales rentas percibidas en el mes no supere los 2,508 soles.

Asimismo, podrán solicitar la suspensión de retenciones y/o de pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, los contribuyentes que perciben ingresos de cuarta categoría cuyo monto anual proyectado no supere los 37,625 soles.

En el caso de los directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares, podrán pedir la suspensión cuando los ingresos que proyectan percibir en el ejercicio gravable por rentas de cuarta categoría o por rentas de cuarta y quinta categorías no superen los 30,100 soles.

Los contribuyentes que cumplan estos requisitos podrán presentar la solicitud de suspensión a través de Sunat Operaciones en Línea con su clave SOL, ingresando al Formulario 1609.

Si requiere más información o asistencia, le invitamos a comunicarse con nuestra Central de Consultas llamando al 0-801-12-100, desde teléfono fijo o celular al (01) 315-0730 o *4000, visitar nuestro portal: www.sunat.gob.pe o acercarse al Centro de Servicios al Contribuyente más cercano a su domicilio.


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(FIN) CNA
JRA

Publicado: 2/1/2020