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Sunat cruzará información con otros países para determinar elusión tributaria

Experiencia será fundamental para evaluación de casos

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18:33 | Lima, ago. 3.

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y Aduanas (Sunat), cruzará información con otros países para una correcta aplicación de las normas antielusivas, afirmó el intendente nacional de estrategias y riesgos del ente emisor, Palmer de la Cruz.

Agregó que esta experiencia será fundamental para evaluar los casos en los que haya sospecha de actividades de elusión tributaria. 

Bajo este concepto, la Sunat publicó la Resolución de Superintendencia Nº 153-2019/Sunat, mediante la cual se dictan las normas necesarias para la implementación, organización y funcionamiento del comité revisor, que emitirá opinión sobre la existencia de elementos suficientes para aplicar la norma antielusiva general.

“Lo que hace la norma es otorgarle facultades al comité para descubrir las diversas modalidades de elusión tributaria que se realizan en el país”, comentó De la Cruz a Canal N.

Una de las modalidades de elusión tributaria que se utilizan con relativa frecuencia es el traslado de utilidades generadas en el país de origen hacia los países en donde hay baja o nula imposición. 

“Estos recursos también pueden trasladarse a lugares en los que hay poca colaboración para brindar información a los países de origen. Esto se  hace por medio de empresas que se crean en estos denominados paraísos fiscales”, detalló el funcionario.


Otra modalidad es interponer empresas en el país y hacer figurar sus operaciones de ventas como donaciones de bienes o cualquier otra actividad para evitar la imposición fiscal.

“La norma antielusiva general le permite a la administración revisar hechos que resulten sospechosos de elusión tributaria pero que, para que puedan ser considerados como tal, deben cumplir con dos requisitos: que se traten de hechos artificiosos y que sean simulados para obtener un beneficio, como reducir el impuesto a pagar”, manifestó De la Cruz.

La Resolución de Superintendencia Nº 153-2019/Sunat se orienta fundamentalmente a evaluar las operaciones tributarias de las grandes empresas, aunque también se puede aplicar a las pequeñas y medianas empresas (pymes).


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(FIN) VLA




Publicado: 3/8/2019