Andina

Sunass recuerda a empresas de agua que es ilegal acordar disolución y liquidación

Quedó sin efecto acuerdo de la Junta de Accionistas de la EPS Mantaro para su disolución y liquidación

La Junta Universal de Accionistas de la EPS Mantaro, integrada por los alcaldes de Jauja, Chupaca y Concepción, decidió dejar sin efecto el acuerdo de disolución y liquidación de la empresa. Esta medida era ilegal y ponía en riesgo la prestación del servicio de agua potable y alcantarillado en las tres provincias de la región Junín, informó la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass). ANDINA/Melina Mejía

La Junta Universal de Accionistas de la EPS Mantaro, integrada por los alcaldes de Jauja, Chupaca y Concepción, decidió dejar sin efecto el acuerdo de disolución y liquidación de la empresa. Esta medida era ilegal y ponía en riesgo la prestación del servicio de agua potable y alcantarillado en las tres provincias de la región Junín, informó la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass). ANDINA/Melina Mejía

13:00 | Lima, set. 8.

La Junta Universal de Accionistas de la EPS Mantaro, integrada por los alcaldes de Jauja, Chupaca y Concepción, decidió dejar sin efecto el acuerdo de disolución y liquidación de la empresa. Esta medida era ilegal y ponía en riesgo la prestación del servicio de agua potable y alcantarillado en las tres provincias de la región Junín, informó la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass).

La Sunass recordó a las Empresas Prestadoras de Servicios (EPS) que es ilegal acordar una liquidación, por ello enfatizó que esta decisión marca un precedente en el sector para evitar futuros intentos de disolución o escisión, los cuales afectan directamente la provisión del servicio a la población.

Como organismo regulador de los servicios de saneamiento, la Sunass hizo de conocimiento público su preocupación respecto al perjuicio a la población abastecida por la EPS. En ese sentido, advirtió de esta situación a las instituciones competentes, como el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), la Contraloría General de la República, la Defensoría del Pueblo, el Gobierno Regional de Junín, entre otras instituciones vinculadas, a fin de iniciar las acciones correspondientes.


De esa manera, se evitó que la empresa incurriera en una decisión ilegal, tal como lo estipula el Decreto Legislativo N° 1280, de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, que indica en su artículo 18, que está prohibida la desintegración o escisión de los prestadores de los servicios de saneamiento. La norma, establece además consecuencias administrativas, civiles y penales.

Asimismo, la Sunass hace hincapié en que el reglamento de la Ley Marco (artículo 30) precisa las consecuencias de proceder a la desintegración o escisión de una EPS, entre las que está que las municipalidades accionistas no reciban financiamiento con recursos del sector público, privado u otros provenientes de la cooperación internacional no reembolsable y que, asimismo, se suspenden de manera inmediata las intervenciones directas efectuadas por el gobierno nacional o gobierno regional, bajo cualquier modalidad o fuente de financiamiento.

(FIN) NDP/LZD

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Publicado: 8/9/2018