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Sunafil publica directiva para fiscalización en seguridad y salud

Inspecciones laborales del Sunafil. Foto: Sunafil.

Inspecciones laborales del Sunafil. Foto: Sunafil.

12:36 | Lima, feb. 3.

Con la finalidad de consolidar en un único documento las reglas generales y aspectos comunes de la actuación de inspectoría, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) publicó hoy la directiva para el Ejercicio de la Función Inspectiva en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

De acuerdo a una norma legal publicada en el Diario Oficial El Peruano, este instrumento técnico regulará la fiscalización laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo durante la etapa de las actuaciones inspectivas, previas al procedimiento administrativo sancionador.

Verificación eficiente 
De esta manera, contribuirá a la verificación eficiente del cumplimiento en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).

Dado que el servicio público que brinda Sunafil repercute en la población laboral y el empresariado en general, esta directiva, al igual que otros proyectos normativos de la entidad fiscalizadora, recibirá por un lapso de 15 días los comentarios que cualquier persona natural o jurídica considere pertinente hacer y serán recibidos de manera virtual.

La directiva se encuentra disponible en el portal web de Sunafil, en el siguiente enlace: Directiva para el Ejercicio de la Función Inspectiva en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Planificación de la inspección 
Entre los aspectos más resaltantes del mencionado dispositivo se destaca la planificación de la inspección, pues dispone que se tengan en cuenta los antecedentes de actuaciones previas de orientación y fiscalización en seguridad y salud en el trabajo.

Asimismo, pide que se priorice la inspección en los centros laborales con actividades de alto riesgo, así como en aquellas donde se hayan registrado mayores niveles de incumplimientos en SST e índices de accidentabilidad, o en aquellas que hayan obstruido la labor inspectiva, entre otros. 

Plazos e inmediatez 
Respecto del tiempo para el desarrollo de una inspección de SST, la norma emitida precisa los plazos y la inmediatez con que deben realizarse las intervenciones cuando se trate de aspectos relacionados al derecho fundamental a la vida y la salud de los trabajadores.

Esta directiva dispone, asimismo, la facultad de los inspectores de trabajo para realizar sus visitas con aquellos especialistas que estimen necesario para el desarrollo de sus funciones, sean peritos, técnicos o representantes de los trabajadores (miembros del Comité de SST o supervisores).

En caso fuera necesario y el inspector comprobase el incumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos graves e inminentes para la seguridad y salud de los trabajadores, se ordenará la inmediata paralización o prohibición de los trabajos, pudiendo inclusive, solicitar el apoyo de la fuerza pública. 

Esta acción se realizará sin perjuicio del pago de las remuneraciones o indemnizaciones de los trabajadores afectados.

Estos y otros aspectos de la fiscalización en seguridad y salud ocupacional han  sido incorporados en este cuerpo normativo, que deberá incluir los aportes significativos de la población en general, y concluir en una herramienta útil para los actores que integran el sistema laboral en el Perú: Estado, trabajadores y empleadores.

(FIN) JCC/JJN

Publicado: 3/2/2016