A través del Decreto Supremo Nº 002-2026-MIDAGRI, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se aprobó dicho reglamento que consta de cuatro títulos, 11 capítulos, 47 artículos, siete disposiciones complementarias finales y cinco disposiciones complementarias transitorias.
La norma impulsa la promoción, ejecución y modernización de inversiones en riego tecnificado en las áreas siguientes: superficies agrícolas cultivadas bajo riego tradicional; superficies agrícolas bajo secano con disponibilidad hídrica; tierras con aptitud para pastoreo con disponibilidad hídrica; y tierras eriazas con aptitud agrícola y disponibilidad hídrica.

El presente reglamento es de aplicación obligatoria para todas las personas naturales y personas jurídicas (públicas y privadas), que intervengan en los procesos de planificación, promoción, formulación, ejecución, financiamiento o sostenibilidad de inversiones en riego tecnificado.
El mencionado documento reglamentario se publica en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.midagri.gob.pe).
Cabe recordar que la Ley de Riego Tecnificado tiene por objeto el mejoramiento de sistemas de riego y contribuir con la ampliación de la frontera en agricultura de secano, en áreas bajo riego, en tierras con aptitud para pastoreo y en tierras eriazas con aptitud agrícola, a nivel nacional.