San Martín: condenan a 20 y 30 años de cárcel a sujetos por delitos contra libertad sexual

Sentenciados abusaron de menores de edad

La Corte Superior de San Martín condenó a 20 y 30 años de pena privativa de la libertad efectiva a dos sujetos quienes fueron hallados responsables del delito contra la libertad sexual en agravio de menores de edad por hechos ocurridos en los años 2011 y 2020.

La Corte Superior de San Martín condenó a 20 y 30 años de pena privativa de la libertad efectiva a dos sujetos quienes fueron hallados responsables del delito contra la libertad sexual en agravio de menores de edad por hechos ocurridos en los años 2011 y 2020.

10:23 | Moyobamba, feb. 4.

La Corte Superior de San Martín condenó a 20 y 30 años de pena privativa de la libertad efectiva a dos sujetos quienes fueron hallados responsables del delito contra la libertad sexual en agravio de menores de edad por hechos ocurridos en los años 2011 y 2020, se informó.

La sustentación de la denuncia en ambos casos estuvo a cargo de la Fiscalía Provincial Mixta de Uchiza. En uno de los casos, producto de la agresión sexual, la menor agraviada quedó en estado de gestación. En ambos procesos, el Ministerio Público garantizó estrictamente la reserva de la identidad de las víctimas y el respeto a su dignidad, conforme a la normativa vigente.

Según informó el Ministerio Público, estos resultados son consecuencia del trabajo sostenido y riguroso desarrollado por la Fiscalía Provincial Mixta de Uchiza, bajo la conducción del fiscal provincial Ronald Agustín Chinchay Córdova, quien estuvo a cargo de ambas investigaciones y logró sustentar sólidas acusaciones que derivaron en sentencias condenatorias firmes emitidas por el Poder Judicial.


En el primer proceso, el órgano jurisdiccional impuso una pena de 20 años de prisión efectiva y el pago de una reparación civil ascendente a S/ 10 000 contra Juan Pérez, tras ser hallado responsable del delito de violación sexual en agravio de una menor de 14 años de edad. De acuerdo con lo acreditado en juicio, los hechos ocurrieron en junio de 2020, cuando un familiar cercano de la víctima cometió el acto ilícito al interior del domicilio de la menor. 

La agresión fue comunicada de inmediato al padre de la agraviada, quien procedió a interponer la denuncia correspondiente, lo que permitió la activación oportuna de las acciones fiscales y judiciales.

En el segundo proceso, se acreditó la comisión reiterada del delito de violación sexual ocurrido en julio del año 2011, en agravio de una menor de 12 años de edad. En este caso, el responsable fue identificado como su vecino, Almides Tuanama, quien fue condenado a 30 años de pena privativa de la libertad, además del pago de S/ 10 000 por concepto de reparación civil a favor de la víctima.

Durante el juicio se determinó que las agresiones sexuales se produjeron mediante el uso de violencia e intimidación, generando un estado permanente de temor en la menor, situación que se agravó al resultar en estado de gestación como consecuencia de los abusos. El caso fue puesto en conocimiento de las autoridades a través del centro educativo de la víctima, lo que permitió la activación de los mecanismos de protección, atención integral y persecución penal correspondientes.

En ambos procesos, la acusación fiscal se sustentó principalmente en las declaraciones coherentes y persistentes de las menores agraviadas, así como en los resultados del Certificado Médico Legal, el reconocimiento de integridad sexual y una prueba genética de ADN, medios probatorios que fueron valorados conforme a ley por el Poder Judicial para emitir las sentencias condenatorias.

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(FIN) JQC/MAO
JRA

Publicado: 4/2/2026