A través de la
Resolución Jefatural 000117-2023/JNAC/Reniec, publicada hoy en el boletín Normas Legales del Diario Oficial
El Peruano, se establece que la medida solo es para efectos del ejercicio de
sufragio del domingo 2 de julio.
De igual forma, la resolución indica que se debe admitir el DNI de menores para los efectos de sufragar en las Elecciones Municipales Complementarias 2023 de aquellos jóvenes que cumplan la mayoría de edad hasta la fecha de la celebración del acto electoral y no hayan efectuado el cambio de su documento de identidad de amarillo a azul.
Dónde serán las elecciones complementarias
Con esta norma, el Reniec busca no limitar la participación de los ciudadanos en el próximo proceso electoral que tiene por finalidad elegir alcaldes y regidores en los siguientes distritos:
-Canis (Áncash)
-Recta (Amazonas)
-Lari (Arequipa)
-Chimban (Cajamarca)
-Pion (Cajamarca)
-Huamantanga (Lima)
-Aco (Áncash)
-Chinchihuasi (Huancavelica)
-Manitea (Cusco)
-Salcabamba (Huancavelica)
-Aparicio Pomares (Huánuco).
La resolución es firmada por la jefa del Reniec, Carmen Velarde Koechlin.