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Reglamento de Ley Marco sobre Cambio Climático: conoce sus principales alcances

Propuesta fue elaborada mediante proceso participativo y consulta pública entre julio y octubre 2018

La Propuesta de Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio Climático precisa las funciones de las autoridades competentes para una gestión integral que busca reducir la vulnerabilidad frente al cambio climático y cumplir con los compromisos internacionales asumidos por el Estado ante la Convención Marco de las Naciones Unidas frente al cambio climático. ANDINA/Difusión

La Propuesta de Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio Climático precisa las funciones de las autoridades competentes para una gestión integral que busca reducir la vulnerabilidad frente al cambio climático y cumplir con los compromisos internacionales asumidos por el Estado ante la Convención Marco de las Naciones Unidas frente al cambio climático. ANDINA/Difusión

15:03 | Lima, dic. 20.

La Propuesta de Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio Climático precisa las funciones de las autoridades competentes para una gestión integral que busca reducir la vulnerabilidad frente al cambio climático y cumplir con los compromisos internacionales asumidos por el Estado ante la Convención Marco de las Naciones Unidas frente al cambio climático.

La Ley Marco sobre Cambio Climático (Ley 30574) fue aprobada el 17 de abril de 2018 y tiene como objeto establecer los principios, enfoques y disposiciones generales para coordinar, articular, diseñar, ejecutar, reportar, monitorear y difundir las políticas públicas para la gestión integral, participativa y transparente de las medidas de adaptación y mitigación frente a este problema de alcance global.

En el reglamento se definen las funciones del Ministerio del Ambiente como autoridad nacional que orienta y conduce la gestión integral frente al cambio climático en el marco de sus competencias en base a los principios y enfoques establecidos en los artículos 2°y 3° de la Ley Marco.


Entre esas funciones destaca elaborar, monitorear y evaluar la Estrategia Nacional ante el Cambio Climático, Plan Nacional de Adaptación, entre otros instrumentos, según corresponda, teniendo como base evidencia científica, económica, legal, administrativa y cultural, en coordinación y participación con las autoridades sectoriales, gobiernos regionales y locales, y actores no estatales, particularmente representantes de pueblos indígenas u originarios, jóvenes, mujeres, academia, sector privado y demás poblaciones vulnerables al cambio climático, permitiendo el cumplimiento de los compromisos nacionales e internacionales.

Asimismo, realiza el monitoreo y evaluación de Estrategia Nacional de Bosques y Cambio Climático o su equivalente y de las normativas relacionada a bosques y cambio climático que forman parte del reporte anual de las políticas públicas en materia de cambio climático que elabore la autoridad nacional.

El reglamento detalla también las funciones de las autoridades funcionales; es decir, los ministerios y sus organismos adscritos, así como de los gobiernos regionales y locales.

Precisa, además, los instrumentos de gestión integral frente al cambio climático; los instrumentos de planificación que incorporan medidas de adaptación y mitigación; así como las estrategias regionales y los planes locales.

Puntualiza que la Estrategia Nacional ante el Cambio Climático, que elabora el Ministerio del Ambiente, es el principal instrumento de gestión que orienta la acción del Estado en materia de cambio climático a largo plazo, la cual es actualizada cada 10 años, y contribuye a la implementación de las medidas de adaptación y mitigación. 

El reglamento aborda también los instrumentos de inversión y presupuesto público y financiamiento climático internacional, así como la promoción de la inversión privada sostenible. Igualmente, establece la definición de las medidas de mitigación y adaptación al cambio climático.

Huella de Carbono

En el reglamento se crea la Huella de Carbono Perú como una herramienta para la medición de emisiones de gases de efecto invernadero para organizaciones privadas y públicas con el objetivo de promover la participación de organizaciones privadas y públicas en la gestión de emisiones que contribuyen al cumplimento de las contribuciones determinadas a nivel nacional, así como generar información que permita mejorar la calidad de los datos para la elaboración de los indicadores.

El documento completo puede leerse en el siguiente enlace.  


Cambio de cultura ambiental

Al respecto, la ministra del Ambiente, Fabiola Muñoz, destacó que esta importante norma fue una de las primeras que promulgó el presidente Martín Vizcarra tras asumir el cargo como jefe del Estado. 

Subrayó que la aprobación de la Ley Marco sobre Cambio Climático refleja la mirada que se tiene sobre este tema, así como el cambio de cultura que debemos asumir para tener un mejor planeta, un mejor país y una mejor vida.

Muñoz Dodero destacó que la socialización y difusión de los alcances, tanto de la Ley Marco sobre Cambio Climático como de su reglamento, se realiza mediante el mecanismo denominado “Dialoguemos”, que constituyen espacios de intercambio de ideas y de construcción conjunta.

"Esta norma no solo es importante como ley, sino que se da en un momento clave. Necesitamos aumentar nuestro sentido de urgencia, ser más ambiciosos y ser capaces de ser más creativos e innovadores para ir más rápido y enfrentar juntos el cambio climático”, aseveró.


“Queremos que el texto del Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio Climático ingrese al proceso de consulta previa, que es un derecho de los pueblos indígenas y un compromiso del Estado peruano a nivel internacional. Estamos convencidos de que si seguimos por esta senda del diálogo y la promoción de la participación, vamos a lograr implementar los cambios que el país necesita”, refirió.

En ese sentido, la titular del sector destacó que el Gobierno peruano está comprometido con promover el diálogo a través de espacios de participación, que es una oportunidad extraordinaria para crear confianza y construir el país que queremos.


“La Ley Marco sobre Cambio Climático y su reglamento no solo son instrumentos que nos ayudan a orientar la política pública, sino que se concretan en un momento clave en que necesitamos aumentar nuestra ambición para enfrentar el cambio climático e incrementar nuestro sentido de urgencia. Si sumamos los recursos que tiene el Estado, los de la cooperación internacional e incorporamos al sector privado, nuestra ambición climática será mayor”, comentó.

Por su parte, la Directora General de Cambio Climático y Desertificación, Rosa Morales, destacó el trabajo conjunto y la participación de la sociedad civil en este proceso. “Desde el Minam consideramos que la participación ciudadana es clave para generar respuestas adecuadas, oportunas e integrales ante el cambio climático.

Asimismo, el presidente de Derecho, Ambiente y Recursos (DAR), Hugo Che Piu, señaló que con la aprobación del reglamento se dará inicio a una nueva etapa en el país, que permitirá poner en marcha acciones para enfrentar el cambio climático.

A su turno, la representante de la Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú (Conap), Elvira Raffo, resaltó la voluntad del Minam de reafirmar su respeto a los derechos colectivos de los pueblos indígenas y una vez concluida esta etapa participativa se dé inicio al proceso de consulta previa.

En representación de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep), participó Carlos Adrianzén, quien saludó el esfuerzo del Minam por llevar a cabo un proceso participativo y en corto plazo para la elaboración colectiva del referido reglamento.

Por otro lado, Sofía Castro, representante de la academia, sostuvo que una vez que se cuente con el reglamento el reto mayor será aplicarlo, y destacó el rol de la academia para responder a los desafíos del cambio climático, a través de la generación de información que contribuya a una toma de decisiones.

(FIN) LZD/MAO

JRA

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Publicado: 20/12/2018