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Regiones y municipios recibirán S/ 49,784.1 millones en 2019

Monto representa el 29.7% del total del Presupuesto

ANDINA/Difusión

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11:30 | Lima, ago. 30.

El Ejecutivo remitió en la víspera al Congreso de la República el proyecto de Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en el cual establece que los gobiernos regionales reciban 29,853 millones 286,298 soles y los municipios 19,930 millones 851,181 soles.

El proyecto de ley del Presupuesto 2019 fue enviando conjuntamente con los de Endeudamiento y Equilibrio Financiero del Sector Público para el Año Fiscal 2019.

Cabe indicar que los presupuestos de los gobiernos regionales y locales aumentan en 16% y 24%, respectivamente, variación mayor al que registra el presupuesto del gobierno nacional (3%).  

Con ello la participación en la asignación presupuestal de los gobiernos regionales y locales aumenta en tres puntos porcentuales pasando de 26.6% del total en el 2018 a 29.7% en el 2019.


Gobierno Nacional 


En tanto, la asignación al Gobierno Nacional asciende a 118,290 millones 269,765 soles, según el el proyecto de Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, reflejando un incremento de 3%.

El presupuesto del Gobierno Nacional  está subdividido en gasto corrientes por 74,703 millones 405,177 soles, gasto de capital por 28,298 millones 81,531 soles y servicio de la deuda por 15,288 millones 783,057 soles.





Sesión extraordinaria


El Congreso de la República recordó que, según su reglamento, una vez presentados los proyectos de ley en mención, el presidente del Congreso convoca a una sesión extraordinaria destinada a la sustentación respectiva.

“Dicha presentación es seguida de un debate con intervención de los voceros de los grupos parlamentarios. Concluido el mismo, los proyectos de ley son publicados en el diario oficial El Peruano y derivados a la Comisión de Presupuesto, la cual los analiza en sesiones públicas”, apuntó.

Señaló que el reglamento establece que el debate de la Ley de Presupuesto se inicia el 15 de noviembre en el Pleno del Congreso y debe ser aprobada con el voto favorable de por lo menos la mitad más uno del número de congresistas presentes y enviada al Poder Ejecutivo.

“De lo contrario entrará en vigencia el proyecto enviado por el Presidente de la República, quien lo promulgará mediante decreto legislativo”, finalizó.


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(FIN) RGP/JJN

Publicado: 30/8/2018