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Régimen CAS: conoce los alcances de la ley que dispone su eliminación progresiva

ANDINA/Difusión

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15:16 | Lima, mar. 4.

El pleno del Congreso aprobó por mayoría la autógrafa que dispone la eliminación progresiva del régimen de Contrato Administrativo de Servicios (CAS) en el sector público. Estos son los alcances de la norma.

Objetivo

El objetivo de la ley es incorporar al régimen laboral DL 728 a los trabajadores que desarrollan labores permanentes en entidades del Estado contratados bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS).

Requisitos

-Realizar labores de carácter permanente al momento de la entrada en vigencia de la ley.

-Tener contrato CAS por 2 años de modo continuo o 3 años de modo discontinuo. Los plazos se computan a partir de la fecha de la población de la ley.

-Haber ingresado a la institución mediante concursos públicos o en su defecto haber tenido la condición de servicios no personales y proyecto CAS.

-Los trabajadores que han renunciado a un CAS para asumir un contrato distinto, se les reconoce los derechos que confiere la ley.

Progresividad

La incorporación del régimen CAS al DL 728 se realiza en forma progresiva, de conformidad, en función al reglamento de la ley y respetando la disponibilidad presupuestal de las entidades públicas.

Eliminación del CAS

Desde la entrada en vigencia de la ley, los contratos CAS son de carácter indefinido, solo podrán ser despedidos los trabajadores por causa justa debidamente comprobada.

A partir de la vigencia de la ley, ninguna entidad del estado podrá contratar bajo el régimen CAS, con excepción de los vigentes y que sean necesarios renovar por no contar el vínculo laboral de los trabajadores.

La insistencia de la norma fue aprobada hoy por mayoría en el Congreso, tras desestimar las observaciones formuladas por el Poder Ejecutivo. Al ser una insistencia, corresponde que la presidenta del Congreso promulgue la norma, la misma que podría ser denunciada por el Ejecutivo ante el Tribunal Constitucional, en caso lo considere.

(FIN) FHG/CVC
JRA

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Publicado: 4/3/2021