La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) recordó a los conductores y transportistas que realizar el servicio de transporte de personas sin la autorización respectiva se sanciona con una multa equivalente a una unidad impositiva tributaria (UIT), unos 4,400 soles.
Tras remarcar que la seguridad, integridad y salud de todos los peruanos es una prioridad, la
Sutran indicó que la aplicación de la multa no tiene opción a descuento.
Sostuvo que dicha infracción es tipificada como F1 en el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, es considerada como muy grave y se impone al prestador informal y al conductor del vehículo.
Sutran agregó que adicionalmente y como medidas preventivas, los
inspectores de dicha entidad están facultados para internar al vehículo y retener la licencia de conducir.
Los operativos contra el servicio informal se realizan en carreteras, paraderos y terminales informales, buscando detener este tipo de prácticas negativas que ponen en riesgo la vida y la salud de las personas, en medio del estado de emergencia decretado por la pandemia de covid-19.
En ese sentido, la Sutran exhortó a los usuarios, que por razones de fuerza mayor necesiten realizar viajes entre las provincias donde se tiene permitido este tipo de servicios, utilizar siempre servicios de transporte formal a fin de salvaguardar su integridad.
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(FIN) NDP/MAO
JRA
Publicado: 15/2/2021