Por su parte, el artículo 30 del Reglamento de dicha norma señala que para garantizar el derecho de las poblaciones con lenguas originarias a una educación bilingüe acorde con su cultura y lengua, se debe, entre otros, respetar y promover las lenguas y dialectos ágrafos reconocidos y difundir su dominio oral y escrito.
Para ello se oficializarán las reglas de escritura uniforme, en concordancia con la Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú.
La comunidad indígena bora habita en el bajo Igará Paraná y las bocas del río Cahuinar, afluentes del río Putumayo, departamento de Loreto, en la frontera del Perú con Colombia.
La norma lleva la rúbrica del ministro de Educación, Jaime Saavedra Chanduví.
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