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Recibo de luz: Sigue estos pasos para reclamar por exceso de facturación

¿Qué información debe contener el reclamo?

ANDINA/Renato Pajuelo

ANDINA/Renato Pajuelo

07:10 | Lima, jul. 10.

El paso de una cuarentena generalizada a otra focalizada ha traído una serie de reclamos sobre posibles excesos en la facturación de junio en los recibos de luz. Si no estás conforme con el monto facturado en tu último recibo de luz, puedes presentar un reclamo ante la empresa eléctrica que te brinda el servicio.


Las empresas cuentan con canales de atención al usuario de manera presencial o mediante plataformas digitales.

¿Dónde reclamar?


-Si tu reclamo es a Luz del Sur, ingresa a https://zsp1.luzdelsur.com.pe/ofvirtual o llamar al 617 5000.

-Si tu reclama es a Enel, ingresa a su plataforma https://www.enel.pe/es/Ingresar.html o llamar al 517 1717.

-Si los usuarios no encuentran respuesta por parte de las empresas eléctricas, se pueden comunicar con Osinergmin al 219-3410 en Lima, al 0800-41800 (línea gratuita en regiones), o escribir al correo atencionalcliente@osinergmin.gob.pe o a través de las redes sociales de la institución.

¿Qué información debe contener el reclamo?


-Nombres y apellidos
-Documento Nacional de Identidad (DNI)
-Dirección para notificaciones
-Número de suministro
-Teléfono
-Firma (cuando el medio lo permita)

Información importante


La empresa recibirá el reclamo y lo registrará; asimismo, te brindará el número de reclamo para seguimiento.

Mientras el reclamo esté en trámite y el usuario haya cumplido con pagar los montos que no son materia de reclamo, no puede haber corte del servicio por deuda.

La empresa te enviará un número de expediente al correo que registraste al momento de hacer el reclamo, para que puedas consultar el estado del trámite en cualquier momento. No olvidar solicitar el código de reclamo.

Una vez recibido el reclamo, la empresa eléctrica está obligada a comunicarse contigo a través del correo electrónico o por teléfono para explicarte los conceptos facturados y como determinó el importe del recibo de pago.

Si no se establece la comunicación o un acuerdo contigo, la empresa emitirá una resolución en un máximo de 30 días hábiles de culminada la etapa informativa obligatoria. Ante el incumplimiento de este plazo opera el silencio administrativo positivo, resultando el reclamo favorable al usuario.

Si al terminar el reclamo, no estás de acuerdo con la resolución de la empresa, puedes apelar. La empresa derivará tu reclamo a Osinergmin. 


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(FIN) DOP/RES

Publicado: 10/7/2020