El Colegiado A de la Sala Penal Nacional rechazó dos pedidos presentados por dirigentes de la cúpula de Sendero Luminoso mediante los cuales pretendían archivar el proceso del caso denominado “Perseo”.
En esta causa también están comprendidos integrantes del Movimiento por la Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef), como el abogado Alfredo Crespo, entre otros.
Los recursos declarados infundados por el tribunal –integrado por los jueces René Martínez Castro, Hans Contreras Cuzcano y Edhín Campos Barranzuela– son de excepción de cosa juzgada y naturaleza de acción.
A través del recurso de excepción de cosa juzgada,
Abimael Guzmán Reynoso, Elena Iparraguirre, Margot Liendo Gil y Nérida Espinoza Montano pretendían declarar concluido el proceso y su archivo definitivo.
Todos ellos argumentaron que ya fueron juzgados por el delito de terrorismo como dirigentes del “Partido Comunista del Perú” (Sendero Luminoso).
Sin embargo, el colegiado desestimó la solicitud al indicar que los hechos por los que fueron juzgados en el denominado “Megaproceso” y los que son investigados en “
Perseo” (que son posteriores) no son los mismos.
En este caso, señaló el tribunal, no está cumplido el principal presupuesto de la excepción de cosa juzgada.
Asimismo, mediante el recurso de excepción de naturaleza de acción, Guzmán Reynoso y los dirigentes del Movadef sostenían que las imputaciones en su contra no constituyen delito ni son perseguidos penalmente.
Este planteamiento fue rechazado por la sala debido a que las argumentaciones de la defensa de los procesados son “vagos y orientados” al cuestionar la imputación en su conjunto, tanto en su aspecto jurídico como probatorio.
El proceso judicial de este caso está en la fase final del control de la acusación fiscal, previa al juicio oral.
Según la acusación del Ministerio Público, el Movadef sería parte de Sendero Luminoso y recibiría financiamiento de actividades narcoterroristas para sus fines ilegales.
(FIN) NDP/VVS
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Publicado: 22/10/2018