El ministro del Ambiente, Manuel Pulgar-Vidal, destacó hoy la publicación del Decreto Supremo que aprueba la categorización de la Zona Reservada Sierra del Divisor en Parque Nacional.
A través de su cuenta Twitter, subrayó que la referida norma, es el resultado del esfuerzo del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp), el Ministerio del Ambiente y del Gobierno.
Pulgar-Vidal dijo que se trata de una extensión de más de 1 millón 354,485.10 kilómetros cuadrados que serán importantes en las acciones que implementa nuestro país frente al cambio climático, en el marco de la COP21 que se inicia el Paris, Francia a fines de noviembre.
En la víspera el presidente de la República, Ollanta Humala Taso, promulgó la referida norma en la localidad de Nuevo Saposoa, Ucayali, y destacó que la creación de esta área protegida permitirá al Perú reducir 30 por ciento de sus emisiones de carbono, en compromiso con la comunidad internacional.
El artículo 1 del Decreto Supremo, publicado hoy en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, precisa que el Parque Nacional Sierra del Divisor comprende parte de los distritos de Callería y Contamana (región Ucayali) y de los distritos de Alto Tapiche, Maquia, Yaquerana, Soplin y Emilio San Martin, (región Loreto).
La norma señala que el establecimiento del Parque Nacional Sierra del Divisor “deja a salvo los derechos colectivos y los derechos reales, uso y manejo de los recursos naturales renovables para su subsistencia a favor del pueblo indígena Isconahua en situación de aislamiento.
También establece que “los derechos adquiridos con anterioridad al establecimiento de la Zona Reservada Sierra del Divisor serán respetados” y regulado su ejercicio en armonía con los objetivos y fines del Parque Nacional Sierra del Divisor, conforme a las normas pertinentes.
Asimismo, en el ámbito del Parque Nacional Sierra del Divisor se mantendrá la eficacia de los actos administrativos firmes que otorgan, reconocen o declaran derechos, mientras esta no sea enervada por mandato judicial o constitucional.
La norma publicada lleva la rúbrica del mandatario, Ollanta Humala Tasso, y el ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Francisco Dumler Cuya, encargado del despacho del ministerio del Ambiente.
(FIN) MDV/FHG
JRA
Publicado: 9/11/2015