El Gobierno prorrogó por 60 días calendario el estado de emergencia en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, con el objetivo de reforzar la lucha contra la criminalidad, la inseguridad ciudadana y otras situaciones de violencia que afectan a ambas jurisdicciones.
La medida fue oficializada mediante el
Decreto Supremo N.º 096-2026-PCM, publicado hoy jueves en el Diario Oficial El Peruano, y
entrará en vigencia a partir del 28 de junio del 2026.
De acuerdo con la norma, la Policía Nacional del Perú (PNP) mantendrá el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, que continuarán participando en operaciones de seguridad para enfrentar delitos como homicidios, sicariato, extorsión y otras manifestaciones del crimen organizado.
La decisión se sustenta en informes de la Policía Nacional que advierten la persistencia de una grave perturbación del orden interno en Lima y Callao debido al accionar de organizaciones criminales y al incremento de hechos violentos que afectan a la población.
Restricción de derechos constitucionales
Durante la vigencia de la prórroga, se mantendrá la aplicación de las medidas excepcionales previstas en el artículo 137 de la Constitución Política del Perú. En ese marco, podrán restringirse o suspenderse determinados derechos constitucionales vinculados a la inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito, la libertad de reunión y la libertad y seguridad personales.
Asimismo, el decreto establece que los eventos religiosos, culturales, deportivos y otras actividades públicas de carácter masivo deberán contar con la autorización correspondiente de las autoridades competentes, conforme a la normativa vigente sobre seguridad en edificaciones y espectáculos públicos.
Sustento de la medida
La Comandancia General de la PNP solicitó la ampliación del estado de emergencia mediante un oficio remitido el 22 de junio, respaldado por informes reservados de las regiones policiales de Lima Centro y Callao. Estos documentos reportan la continuidad de delitos de alto impacto, especialmente homicidios, extorsiones y actos de sicariato, que siguen generando un clima de inseguridad en ambas jurisdicciones.
El Ejecutivo consideró que la situación requiere la continuidad de las medidas extraordinarias adoptadas desde febrero de este año para fortalecer la capacidad operativa del Estado frente a las amenazas contra la seguridad ciudadana.
Acciones conjuntas y control del orden interno
El decreto precisa que las intervenciones de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas deberán realizarse conforme a la legislación que regula el uso de la fuerza y bajo los principios de proporcionalidad, legalidad y respeto de los derechos fundamentales.
Además, la Policía determinará las zonas de intervención sobre la base de labores de inteligencia, indicadores de criminalidad, estadísticas y mapas del delito, entre otras herramientas de análisis.
Informe de resultados
La norma también dispone que, una vez concluida la vigencia de la prórroga, el Comando de Coordinación Operativa Unificada deberá presentar un informe al Ministerio del Interior sobre los resultados obtenidos durante el periodo de emergencia. Posteriormente, el reporte final será remitido a la Presidencia de la República, al Congreso de la República y al Poder Judicial, junto con las recomendaciones correspondientes..
Esta nueva ampliación constituye la continuidad de las medidas extraordinarias implementadas desde febrero de 2026, cuando se declaró inicialmente el estado de emergencia en Lima Metropolitana y el Callao ante el avance de la delincuencia y el crimen organizado.
Más en Andina:
Publicado: 25/6/2026