El Gobierno prorrogó el estado de emergencia por 60 días calendario, a partir del 22 de mayo de 2020, en diversos distritos de las regiones de Huánuco y Pasco, periodo durante el cual la Policía Nacional del Perú deberá mantener el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
El
Decreto Supremo Nº 092-2020-PCM precisa que se trata de los distritos de Tournavista, Yuyapichis, Codo del Pozuzo y Honoria, y la capital de la provincia huanuqueña de Puerto Inca, así como en Constitución, Palcazú y Puerto Bermúdez, en la provincia pasqueña de Oxapampa.
La finalidad de la medida, publicada en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del diario El Peruano, es "continuar con el fortalecimiento de la lucha contra el crimen organizado relacionado al tráfico ilícito de drogas y otros delitos conexos".
Durante la prórroga del estado de emergencia quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito por el territorio nacional, comprendidos en los incisos 9, 11, 12 y 24 (apartado f) del artículo 2 de la Constitución Política.
En Loreto
Por medio del
Decreto Supremo Nº 093-2020-PCM se prorrogó por 60 días, a partir del 22 de mayo, el estado de emergencia en las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castilla, en el departamento de Loreto. La Policía
Nacional se encargará de mantener el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
La ampliación del estado de emergencia permitirá continuar con las operaciones policiales para mantener o restablecer el orden público y orden interno.
En ambas provincias loretanas quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito por el territorio nacional, comprendidos en los incisos 9, 11, 12 y 24 (apartado f) del artículo 2 de la Constitución Política.
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(FIN) JOT
Publicado: 21/5/2020