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Comercio electrónico impulsará la reactivación económica

Actividad atenuará riesgo de contagios del nuevo coronavirus, asegura el Ministerio de la Producción

Comercio electrónico

Comercio electrónico

07:45 | Lima, may. 26.

Por: William Ríos Rosales

El comercio electrónico favorecerá la reactivación económica en el Perú, además de atenuar el riesgo de contagio del covid-19 porque promueve que las personas se mantengan en sus casas, sostuvo el director de articulación de mercados del Ministerio de la Producción (Produce), Arturo Legua.

Recordó que, en muchos países en los que se implementó medidas de aislamiento social, se observaron resultados positivos al permitir el reparto a domicilio de bienes para el hogar. 

“El objetivo de la reanudación de esta actividad, además de reactivar de la economía, es brindar mayor bienestar a las familias peruanas, para llevar de mejor manera la cuarentena en el hogar”, comentó al Diario Oficial El Peruano

Mercado

Proyectó que en nuestro país hay cerca de 600,000 personas naturales y jurídicas con negocios, que son agentes económicos potenciales para realizar esta actividad. 

”Son potenciales porque si bien se conoce el número de las empresas que están en el rubro bienes para el hogar y afines, de ese total no se tiene un registro de cuántas realizan comercio electrónico”.

Precisó que ahora para que estas empiecen a operar mediante plataformas digitales el único requisito que puso el Gobierno es que sean empresas formales.

Tal como lo precisa el Decreto Supremo N° 080-2020-PCM, previo al reinicio de actividades, tanto personas naturales como jurídicas que estén habilitadas para tal fin, deberán elaborar su ‘Plan para la vigilancia, prevención y control de coronavirus en el trabajo”.

Ello observando los ‘Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a covid-19’, aprobados por Resolución Ministerial Nº 239-2020-Minsa (y sus posteriores adecuaciones) y el Protocolo Sanitario de Operación, ante el coronavirus, del sector Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 137-2020-Produce.

Cuando hablamos de bienes para el hogar y afines, nos referimos, por ejemplo, a bienes para el trabajo y estudio como laptops, tabletas, impresoras, celulares, útiles escolares.

Asimismo,  bienes para el confort y salud como ropa de invierno, ropa deportiva, máquinas de ejercicios; bienes para las labores del hogar, entre otros.

(FIN) DOP / WRR/JJN


Publicado: 27/5/2020