El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), precisó las actividades económicas relacionadas a su sector, las cuales regirán según lo establecido en las Fases de la Reanudación de Actividades.
De acuerdo con la Resolución Ministerial Nro. 035-2021-Vivienda, publicada en la Edición Extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano, estas actividades, que deberán seguir los protocolos sanitarios vigentes, son:
- Todas las actividades del rubro Construcción, insumos y servicios conexos. Incluye proyectos de interés nacional (licencias, trámites, adquisición y transporte de bienes, servicios y personal, así como actividades relacionadas a la cadena logística).
- Actividades de arquitectura e ingeniería para trámites de licencias, supervisión, inspección de obra y levantamiento de información.
- Tratamiento de agua potable, residuales y evacuación. iv) Captación y distribución de agua.
- Actividades de producción, almacenamiento, comercialización, transporte, y distribución para la continuidad de los servicios de agua y saneamiento.
- Actividades combinadas de apoyo a instalaciones asociadas a los servicios de limpieza, apoyo a edificios y mantenimiento de jardines.
Asimismo, la norma establece que las actividades referidas a la comercialización de inmuebles, se llevarán a cabo de manera virtual, salvo se requiera la presencia física para efectos contractuales y notariales. La entrega de inmuebles así como los servicios post venta se desarrollan de manera presencial, siguiendo los protocolos sanitarios vigentes.
El MVCS, en coordinación con los gobiernos locales, promueve la realización de las actividades económicas establecidas entre las 06:00 y 18:00 horas, las mismas que se sujetan a la fiscalización y normatividad de los gobiernos locales en el ámbito de su competencia.
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Publicado: 29/1/2021