El Poder Ejecutivo estableció medidas adicionales extraordinarias para reducir el impacto negativo en la economía de los hogares afectados por disposiciones como el aislamiento e inmovilización social obligatoria a nivel nacional en el marco de emergencia sanitaria por el covid-19.
Mediante el
Decreto de Urgencia que Nº 098-2020, publicado hoy en edición extraordinaria del Boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano,
se autoriza el otorgamiento excepcional y por única vez de un subsidio monetario de s/ 760,00 denominado “Bono Universal”.
Según el DU el subsidio favorece a:
-Los hogares en condición de pobreza y pobreza extrema de acuerdo con el Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh).
-Los hogares beneficiarios de los programas Juntos, Pensión 65 y Contigo a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS).
- Los hogares no comprendidos en los programas sociales antes mencionados y cuyos integrantes no se encuentren registrados en el aplicativo informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), o en la planilla privada, exceptuándose a los pensionistas y a la modalidad formativa.
- Ninguno de los integrantes de los hogares beneficiados debe tener un ingreso superior a S/ 3 000,00 mensuales de acuerdo a la información disponible de la SBS, Sunat, aplicativo informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), o en la planilla privada.
El Bono Universal será financiado con una transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2020, hasta por la suma de s/ 6 644 102 397.
Se faculta al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y al Ministerio De Trabajo y Promoción del Empleo, a emitir disposiciones adicionales para facilitar la implementación del presente decreto de urgencia, en el marco de sus competencias.
(FIN) RMCH
Más en Andina
Publicado: 20/8/2020