Andina

Pleno del Congreso aprobó proyecto de paridad y alternancia de género

ANDINA/Norman Córdova

ANDINA/Norman Córdova

20:10 | Lima, jul. 25.

El pleno del Congreso de la República aprobó por mayoría el texto sustitutorio de la Comisión de Constitución y Reglamento sobre paridad y alternancia de género en las listas de candidatos a cargos de elección popular.
 
Después de un intenso debate, la propuesta alcanzó 106 votos a favor, tres en contra y cuatro abstenciones.

El dictamen sobre paridad y alternancia de género está incluido dentro del proyectos de ley 375, 433 y otros para modificar la Ley Orgánica de Elecciones respecto al Sistema Electoral Nacional.

De acuerdo con el dictamen aprobado, se plantea la aplicación progresiva de la participación de mujeres en las elecciones generales. En los comicios del 2021, la cuota será de 40%; el 2026, de 45%; y de 50% para las elecciones del 2031.

También se establece la alternancia entre candidatos hombres y mujeres en las listas que postularán las organizaciones políticas.

Esta iniciativa legislativa, que modifica los artículos 21 y 116 de la Ley Orgánica de Elecciones, fue exonerada de segunda votación con 88 votos.

La presidenta de la Comisión de Constitución y Reglamento, Rosa Bartra (Fuerza Popular) explicó que el primero de estos artículos ratifica que la elección de los congresistas se realizará mediante el sistema de distrito electoral múltiple mediante el sistema de representación proporcional.

Para la elección de los legisladores, el territorio de la República se divide por circunscripciones electorales, una por cada departamento y la Provincia Constitucional del Callao.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) asigna a cada circunscripción un escaño y distribuye los restantes escaños en forma proporcional al número de electores.

De otro lado, el artículo 116 modificado se refiere a las normas en la lista de candidatos al Congreso y en elecciones generales. Se dice que en las elecciones internas o elecciones primarias, los candidatos postulan de forma individual.

El conjunto de candidatos está integrado por no menos del 40% de mujeres o de hombres, ubicados en forma intercalada.

El resultado de las elecciones internas o primarias determina los integrantes de la lista de candidatos para la elección general. La relación de candidatos está integrada del primer al último lugar, según la votación alcanzada.

Como disposición complementaria transitoria se ha establecido en el texto aprobado que en las elecciones generales de 2021 es de aplicación el doble voto preferencial opcional, excepto en los distritos electorales donde se elige menos de dos congresistas. En este caso hay un solo voto preferencial opcional.

Se dispone que los organismos del sistema electoral y la Defensoría del Pueblo se abocarán al análisis del proceso electoral y respecto de las medidas dictadas para promover la participación de la mujer en la política.

(FIN) RMCH

Más en Andina



Publicado: 25/7/2019