El Poder Ejecutivo propuso que quienes tengan sentencia condenatoria por la comisión de delitos vinculados a la violencia de género y contra menores de edad, no puedan desempeñar funciones públicas en cargos de confianza de libre designación y remoción, ni postular a cargos gerenciales ni al concurso de profesionales de la salud pública.
De igual manera, se busca establecer que tener un fallo condenatorio al respecto es causal de cese de contratos y de término de funciones. La iniciativa es materia de un
proyecto de ley que el gobierno alcanzó al Congreso este fin de semana.
En el mismo se señala que no podrán acceder y permanecer en cargos de confianza y de libre designación y remoción quienes tengan sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autores o cómplices de delitos de agresión a mujeres o a niños y adolescentes.
Se plantea, en tal sentido, que los funcionarios públicos y directivos mencionados deberán cumplir con dicho requisito, siendo responsabilidad de las oficinas de recursos humanos de cada entidad verificar esto.
Por ello se busca establecer que dichas personas presenten una declaración jurada en la que se indique que “no cuentan con sentencia condenatoria consentida y ejecutoriada o emitida en primera instancia, según corresponda”.
No presentar dicho documento será considerado una falta administrativa disciplinaria, se indica en el proyecto. La Contraloría se encargará de hacer seguimiento y supervisión de lo establecido en esta propuesta.
Requisitos y causales de cese
Idéntico requisito se busca establecer para postular a cargos de funcionarios públicos y directivos de libre designación y remoción o de designación o remoción regulada y para efectuar la contratación de estos vía la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS).
Asimismo, se propone aplicar similar impedimento para las postulaciones al Cuerpo de Gerentes Públicos y al concurso de ingreso de los profesionales de la salud al sector pública en los cargos mencionados.
En la iniciativa legislativa se plantea, además, determinar que la emisión de una sentencia por las causales mencionadas es motivo para dar por terminado el trabajo en el sector público de las personas inmersas en dicha decisión judicial, así como de aquellas que fueron contratadas por la modalidad CAS.
A su vez, se dispone incluir entre las causales para el término de la carrera de los profesionales de la salud pública, el tener sentencia condenatoria por los delitos mencionados anteriormente.
Incurrir en los delitos aludidos será motivo también para que quienes incurrieron en ellos sean incluidos en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles.
(FIN) FGM/CVC
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Publicado: 25/9/2022