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Plan Multisectorial Frente a Lluvias Intensas 2025-2027 atenderá a 508 distritos del país

De estos, 78 están expuestos a riesgo muy alto y 430, a riesgo alto, precisa norma que aprueba plan multisectorial

Foto: ANDINA/difusión.

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09:30 | Lima, ene. 9.

Un total de 508 distritos en todo el país, de los cuales 78 están en riesgo muy alto y 430, en riesgo alto, atenderá el Plan Multisectorial Frente a Lluvias Intensas y Peligros Asociados 2025-2027, destinado a coordinar y articular los esfuerzos de diversos estamentos del Estado frente a estos fenómenos climáticos.

El plan multisectorial se oficializó mediante el Decreto Supremo 005-2025-PCM, publicado hoy en la separata Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.


Ámbito de acción


Este documento considera ámbito de acción frente a las inundaciones a 508 distritos. De estos, 78 están expuestos a riesgo muy alto y 430, a riesgo alto, según información proporcionada por el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (Cenepred).


Asimismo, se toma en cuenta a 1,221 distritos por riesgo a causa de “movimientos en masa”. De ellos, 264 están en riesgo alto de que estos se produzcan y 957, en riesgo muy alto.

Medidas a adoptarse


Se indica en dicho decreto que los ministerios y sus organismos públicos correspondientes ejecutarán las medidas que se establecen en el mencionado plan.



El seguimiento al cumplimiento de dichas medidas estará a cargo de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Dicha dependencia deberá elaborar los planes de seguimiento y comunicacional correspondientes a la función que se le ha asignado. Deberá, asimismo, actualizar anualmente el contenido del plan multisectorial.


También es ante dicha dependencia que los ministerios correspondientes deberán remitir el cronograma de ejecución de sus intervenciones; así como el avance del cumplimiento de las metas físicas y financieras de estas, dentro del plazo de siete días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del presente decreto supremo.


Se dispone, igualmente, que el Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros informará al Gabinete Ministerial sobre los avances semestrales referidos al plan.

El avance del cumplimiento de la meta física y financiera de las intervenciones sectoriales, con la documentación sustentatoria correspondiente, se remitirá dentro de los primeros quince días calendario del mes siguiente de aprobado el plan multisectorial con corte al último día del mes anterior, y así de manera sucesiva, precisa la norma.



(FIN) FGM
GRM

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Publicado: 9/1/2025