El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el Protocolo denominado “Atención de buena calidad en el proceso especial de tutela frente a la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar”.
El protocolo tiene el objetivo de establecer disposiciones para asegurar que, en el proceso especial de tutela, las mujeres e integrantes del grupo familiar víctimas de violencia reciban atención de buena calidad, considerando su condición de discapacidad, raza/etnia, orientación sexual, expresión e identidad de género.
El documento, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000038-2022, es de cumplimiento obligatorio para juezas y jueces a nivel nacional, de acuerdo con las competencias establecidas en la Ley Nº 30364 (Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar).
Las disposiciones generales contenidas en el protocolo, según la resolución, se aplican en las etapas de la ruta de atención, así como en cualquier interacción presencial, virtual o telefónica, y en toda comunicación escrita o verbal que se produzca entre el usuario y el personal del órgano jurisdiccional, en el marco del proceso especial de tutela previsto en la Ley N° 30364 y su Reglamento.
Asimismo, se presentan a través de cinco categorías relevantes para la atención de buena calidad: ambiente, información, empatía, comunicación asertiva y no revictimización.
Con esta disposición, el Poder Judicial promueve la igualdad de género como política institucional en la administración de justicia para lograr una sociedad pacífica, justa e inclusiva, libre del temor y violencia, y sin discriminación.
Cabe indicar, que la Política Nacional de Igualdad de Género establece como objetivo prioritario reducir la violencia contra las mujeres y, en ese contexto, existe la necesidad de implementar medidas de atención y protección para las mujeres e integrantes del grupo familiar víctimas de violencia.
Para ello, el Poder Judicial ha establecido como servicio el otorgamiento de las medidas de protección a las mujeres e integrantes del grupo familiar víctimas de violencia, que deben ser otorgadas a mujeres en su diversidad.
(FIN) NDP/GSR/JCC
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Publicado: 18/2/2022