Andina

Piura: nacen monos tití mellizos en zoológico

La Ley Forestal y de Fauna Silvestre protege a esta y otras especies de fauna silvestre

Mono tití (Leontocebus fuscicollis ) alcanzan su etapa de reproducción aproximadamente a los dos años de edad.

Mono tití (Leontocebus fuscicollis ) alcanzan su etapa de reproducción aproximadamente a los dos años de edad.

12:00 | Piura, jul. 20.

El Ministerio de Agricultura y Riego, a través del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) registró el nacimiento en cautiverio de monos mellizos conocidos como ‘Tití’ o ‘Pichico’ en el zoológico Cecilia Margarita, que se ubica en la ciudad de Piura.

Los especialistas de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Piura, oficina descentralizada del Serfor, junto a los médicos veterinarios de dicho zoológico verificaron el buen estado de salud, así como la especial atención con las crías y la madre, a fin de asegurar su sobrevivencia.

Los monos tití (Leontocebus fuscicollis ) alcanzan su etapa de reproducción aproximadamente a los dos años de edad. La gestación de las hembras es de seis meses y las crías nacen gemelos o mellizos.

Desde su nacimiento las crías permanecen sujetas al torso de su madre o padre por un periodo aproximado de tres meses, hasta que logren alimentarse por sí solos. Durante este tiempo los pequeños se alimentarán de leche materna. Por su parte, la madre cuenta con una dieta exclusiva, debido al desgaste energético del periodo de lactancia.

Con el nacimiento de estas dos crías, el zoológico Cecilia Margarita cuenta actualmente con nueve tití; cinco de los cuales fueron rescatados (cuatro en Lima y uno en Piura. Este último en enero del año 2017), mientras que los otros cuatro nacieron en el mencionado zoológico (dos en el año 2015 y, precisamente una de estas dos crías, es la madre de los dos recién nacidos).

El responsable de la ATFFS Piura, Juan Otivo Meza, informó que en Perú todas las especies de flora y fauna silvestre están protegidas por la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Por lo que extraerlas de su entorno natural y comercializarlas sin la respectiva autorización emitida por el Serfor se sanciona con multas superiores a los 40,500 soles y hasta con penas privativas de la libertad.

Destacó que nuestra diversa fauna silvestre está en constante amenaza, debido a la caza indiscriminada -para comercializarlas como mascotas o para consumir su carne-, así como por la tala ilegal y la creciente deforestación con fines agrícolas.

Otivo Meza advirtió que las personas que adquieren un animal silvestre para tenerlo como mascota, atentan contra el bienestar del espécimen, de los bosques y de todo su ecosistema y de la salud de las personas que se encuentran en contacto con ellos.

Recordó que el tráfico de fauna silvestre es considerado el tercer tipo de negocio ilícito en el mundo, después del tráfico de drogas y armas; representa una grave amenaza a la biodiversidad y a los ecosistemas, y que la tenencia ilegal de animales silvestres es un peligro para la salud pública, debido a que pueden transmitir enfermedades a humanos y animales domésticos como la rabia, hepatitis, entre otras.

La ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre establece que la tenencia, compra o venta de fauna silvestre sin autorización es una infracción muy grave, siendo sancionado con el pago de multas superiores a los 40,500 soles.

(FIN) NDP/LZD


Publicado: 20/7/2017