El Presidente del Congreso de la República, Alejandro Soto Reyes, promulgó la Ley N° 32078, que declara el 2 de julio de cada año como el Día del Inventor y del Científico Peruano.
Se toma esta decisión con el objeto de reconocer la labor de los científicos en la creación de soluciones a las necesidades y demandas de los diferentes sectores, así como valorar los esfuerzos que realizan para crear nuevos productos, procesos y tecnologías necesarios que contribuyan con la diversificación de la matriz productiva del país.
Corresponderá al presidente del Consejo de Ministros y al titular del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec), presentar el 2 de julio de cada año, ante el Pleno del Congreso de la República su informe de gestión sobre el aporte de la ciencia, invención y tecnología y su impacto socioeconómico en el desarrollo del país.
La norma publicada hoy en el boletín Normas Legales del
Diario Oficial el Peruano, encarga al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) y al Concytec la gestión, promoción y actividades conmemorativas, en el marco del
Día del Inventor y del Científico Peruano.
Asimismo, deberá efectuar la coordinación con los gobiernos regionales y gobiernos locales para la promoción de las actividades.
(FIN) DOP/FHG
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Publicado: 2/7/2024