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Pedro Chávarry: Poder Judicial le abre proceso penal sumario por encubrimiento real

Juez dictó comparecencia simple contra exfiscal de la Nación

Foto: Cortesía.

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11:08 | Lima, ago. 21.

El juez supremo de investigación preparatoria Hugo Núñez Julca resolvió abrir proceso penal contra el exfiscal de la Nación Pedro Chávarry por la presunta comisión del delito de encubrimiento real.

Chávarry Vallejos fue denunciado por la remoción de los fiscales José Domingo Pérez y Rafael Vela del equipo especial Lava Jato el 31 de diciembre del año pasado y por solicitar información sobre el estado del proceso de colaboración con la empresa Odebrecht. 

El juez Núñez Julca resolvió abrir instrucción en vía sumaria contra Chávarry Vallejos por el delito de encubrimiento real en agravio del Estado, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal.

Al exfiscal de la Nación y actual fiscal supremo se le dictó comparecencia simple. 


En la audiencia el fiscal adjunto supremo titular Alcides Chinchay Castillo fue quien presentó los cargos contra el fiscal supremo. 

Chinchay Castillo señaló que la intención de Chávarry, al solicitar información sobre el proceso de colaboración eficaz con Odebrecht, era acceder a los datos con la finalidad de filtrarlos y trabar las acciones del equipo especial Lava Jato.

Asimismo, dijo que la remoción de los fiscales Vela y Pérez tenía por finalidad frustrar el proceso de colaboración eficaz con la constructora brasileña y, por tanto, la no obtención de los medios de prueba que iban a incorporarse en la investigación producto de este entendimiento. 

Durante su intervención, el fiscal adjunto refirió que los dos hechos por los cuales se acusa a Chávarry se dieron en el contexto de una investigación sobre crimen organizado en el Callao y en el cual un aspirante a colaborador eficaz señaló al exfiscal de la Nación como integrante de la red de los Cuellos Blancos del Puerto.

Por su parte, Julio Rodríguez, abogado defensor de Pedro Chávarry, sostuvo que los hechos imputados a su patrocinado no constituían delito, porque estaban dentro de las prerrogativas que le correspondían como fiscal de la Nación.

En el primer caso (requerimiento de información sobre el acuerdo de colaboración con Odebrecht), Rodríguez, afirmó que su defendido solicitó información de todos los procesos que tenía a su cargo el equipo especial Lava Jato.

Sobre el segundo hecho (remoción de los fiscales), precisó que no existe delito, ya que no se destituyó a los magistrados, sino que se dio por concluidas sus designaciones en el equipo especial, lo cual, insistió, era una facultad del entonces fiscal de la Nación.


(FIN) RMCH
GRM

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Publicado: 21/8/2019