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Pago de impuestos: ¿cómo declarar las rentas del 2020 en medio de la pandemia?

Debe ingresar al portal de la Sunat o descargar la aplicación App Personas

Se busca promover una mayor cultura tributaria. ANDINA/Difusión

Se busca promover una mayor cultura tributaria. ANDINA/Difusión

14:00 | Lima, mar. 4.

Las personas naturales vienen cumpliendo con la presentación de su Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020, vía internet, mediante el APP Personas o Sunat Virtual, desde mediados de febrero pasado.

La especialista de Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), Cecilia Ayllón, señaló que se debe distinguir dos tipos de declaración, una corresponde a las personas jurídicas o empresas o personas naturales con negocio, y la otra a las personas naturales, que no poseen negocio.

Pero estos últimos, por ejemplo, pueden tener un inmueble que lo pueden alquilar y ello constituye una renta de primera categoría, comentó en el programa Económika del Canal Andina Online.

También, hay otro tipo de rentas cuando se vende un inmueble o cuando se recibe intereses de prestamos efectuados, que califican como renta de segunda categoría, refirió.

Están, además, las rentas de trabajo, en la que se encuentran los trabajadores independientes que emiten recibos por honorarios por profesión u oficios, y los trabajadores dependientes que están en planilla, indicó.


Renta de capital

Con relación a lo que es renta de capital, en el caso del arrendamiento, por ejemplo, en el que el arrendador realiza un pago de 5% de lo que cobra como alquiler y en la declaración anual lo único que debe hacer es regularizar, indicando lo percibido todo el año y restando lo que pagó, por lo que teóricamente, resultaría cero, dijo.

“Si no pago un mes, lo que puede regularizar en su declaración anual”, sostuvo la especialista de la Sunat. 

Lo otro es la renta de trabajo, siendo las opciones dos: o tengo un importe a pagar o tengo un saldo a favor, destacó.  

En este caso, está la declaración que realizan las empresas que contratan porque ellas hacen las retenciones de cuarta y quinta categoría, señaló.


Personas con RUC

Lo que tiene que hacer las personas con RUC y quieren saber cuánto es su impuesto o su saldo a favor, es ingresar al portal de la Sunat o descargar, ya sea la aplicación App Personas, e ingresar con su clave SOL, indicó.

A continuación, ingresará a un recuadro: declarar renta 2020 y al entrar aparecerá una declaración sugerida o en borrador, que la Sunat llenó de manera predeterminada tanto en los ingresos declarados como las retenciones, señaló.

Entonces, las personas naturales tienen que verificar que estén todos los ingresos, pues podría haber algún independiente, por ejemplo, un odontólogo que emitió recibos a una persona natural, que carece de obligación de realizar alguna retención, entonces este profesional tiene que registrar el recibo por honorario que emitió, refirió.

Luego de eso, ya se verifican todos los ingresos, y eso generará un impuesto resultante y a ese tributo anual que vendrá calculado en el formulario, se le descuentan las retenciones efectuadas, añadió la especialista.

En el caso de las personas naturales, está la deducción adicional de tres unidades impositivas tributarias (UIT), señaló. 

Entonces, si una persona incurrió en gastos de veterinario, carpintero, entre otros, y estos emitieron los respectivos recibos por honorarios, la persona puede deducir adicionalmente tres UIT, de las deducciones legales que son siete UIT.

“Para el caso de los servicios profesionales, la deducción es el 30% del valor del recibo por honorario, en los alquileres se descuenta el 30% del monto que se paga como inquilino y en el que el arrendador debe entregar un comprobante de pago”, comentó. 


Trabajadora del hogar

Además, si se tiene una trabajadora del hogar se permite la deducción del 100% del aporte de EsSalud que se hace por esta colaboradora, entre otros, destacó.

Ello brinda el derecho a una mayor deducción de los ingresos y rebajará el impuesto anual, por lo que es probable que al restar las retenciones efectuadas, se obtenga un monto a favor o un monto a pedir como devolución, finalizó.




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(FIN) MMG/SDD



Publicado: 4/3/2021