La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) informó hoy que entre el 1 de enero y el 31 de julio del 2019 se inscribieron 2,424 uniones de hecho a nivel nacional en el Registro de Personas Naturales, lo que significó un crecimiento de 2.36 % en relación a las de similar periodo del año pasado (2,368).
Esto representa una oportunidad para las compañías inmobiliarias que pueden orientar sus ofertas hacia las regiones del interior del país.
La entidad precisó que este tipo de inscripciones creció en 15 regiones: Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Ica, Lima, Madre de Dios, Piura, Puno, Tacna, Lambayeque, Amazonas, Áncash, Junín y Apurímac.
Lima, con 563 inscripciones, encabeza el listado, seguido por La Libertad (287), Arequipa (247), Puno (126), Piura (107), Ica (101), Ucayali (101), Cajamarca (91), Áncash (90), San Martín (88), Junín (88) y Ayacucho (83).
Luego se ubican Pasco (75), Cusco (67), Loreto (66), Tacna (44), Huánuco (32), Moquegua (28), Apurímac (28), Madre de Dios (21), Amazonas (11), Tumbes (cuatro) y Huancavelica (tres).
Unión de hecho
La unión de hecho es la convivencia libre y voluntaria entre un hombre y una mujer sin impedimento matrimonial, la cual haya durado por lo menos dos años continuos para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio.
A diferencia del matrimonio, donde hay la opción de elegir entre el régimen de sociedad de gananciales y régimen patrimonial de separación de bienes, en la unión de hecho todos los bienes y rentas obtenidas durante la vigencia de la convivencia pertenecen a los convivientes en partes iguales.
De allí la importancia de inscribir la convivencia en el Registro de Personas Naturales de la Sunarp. De esta manera, la pareja precisa la fecha de inicio de la relación, así como la de su finalización (en caso se produjera), con el objetivo de diferenciar con exactitud los bienes muebles e inmuebles que les corresponden a cada uno.
En consecuencia, al inscribir el reconocimiento de la unión de hecho en la Sunarp, los convivientes garantizan la preservación de sus derechos patrimoniales o de propiedad.
¿Cómo registrarla?
El reconocimiento de la unión de hecho se puede realizar por vía notarial o judicial. En el primer caso, se tramita la unión de acuerdo con los siguientes requisitos:
- Solicitud que incluya los nombres y firmas de ambos solicitantes, así como el reconocimiento expreso que conviven no menos de dos años de manera continua.
- Declaración expresa de los solicitantes que se encuentran libres de impedimento matrimonial y que ninguno tiene vida en común con otro varón o mujer, según sea el caso.
- Certificado domiciliario de los solicitantes.
- Certificado negativo de unión de hecho tanto del varón como de la mujer, expedido por el Registro de Personas Naturales de la oficina registral donde domicilian los solicitantes.
- Declaración de dos testigos indicando que los solicitantes conviven dos años continuos o más.
- Otros documentos que acrediten que la unión de hecho tiene por lo menos dos años continuos.
Posteriormente, el notario público extenderá la escritura pública con la declaración del reconocimiento de la unión de hecho entre los convivientes, la cual se remitirá al Registro de Personas Naturales de la Sunarp del lugar donde éstos domicilian.
El costo de inscripción de una unión de hecho en la Sunarp es de 20 soles y el plazo de inscripción es de 72 horas. Los gastos notariales varían de acuerdo con la notaría elegida.
En el caso de la vía judicial, se deberá presentar el parte que contenga el oficio del juez, adjuntando las copias de la sentencia, certificadas por un auxiliar jurisdiccional, así como la resolución que declara consentida o ejecutoriada la sentencia.
En ambos casos, deberá indicarse el número de DNI de los convivientes. Se debe considerar que, de ser necesario, se solicitará la inscripción de la unión de hecho en el Registro de Predios.
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