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ONPE: ocho partidos aún no entregan información de financiamiento de campaña

Foto: ANDINA/Melina Mejía.

Foto: ANDINA/Melina Mejía.

15:56 | Lima, set. 1.

A pocas horas de cumplirse el plazo de entrega del segundo informe sobre financiamiento de campaña, aún faltan ocho organizaciones políticas por entregar dicho documento, informó hoy la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

A través de una publicación en su cuenta de Twitter oficial, señala que por esta razón hoy continuará la ampliación de horarios en las mesa de partes, siendo que de manera presencial será hasta las 18:00 horas y virtual  virtual será hasta las 23:59 horas.

Asimismo, hasta el momento de la publicación de esta información 13 agrupaciones políticas entregaron sus informes, lo que significa el 61.90% de cumplimiento, mientras que las restantes ocho que no lo hicieron, constituyen el 38.10%.


Este segundo informe permite conocer los aportes, ingresos y gastos de la campaña electoral, generada desde el 13 de marzo del 2021 hasta la conclusión del proceso electoral; esto es, el 10 de agosto del 2021. 

La recepción de la citada información financiera se efectúa de manera presencial en las sedes de la entidad, ubicadas a escala nacional, y de manera virtual en el siguiente enlace.   

Infracción

De acuerdo con la Ley de Organizaciones Políticas, para el caso de las organizaciones políticas, la no presentación de los informes sobre los aportes e ingresos recibidos, así como los gastos efectuados durante la campaña, en el plazo establecido por la ONPE, constituye una infracción muy grave.

Esta infracción es sancionable con una multa no menor de 31 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias y la pérdida del financiamiento público directo. 

Por su parte, en el caso de candidatos y candidatas, la multa a imponerse será no menor de 10 ni mayor a 30 unidades impositivas tributarias.

En su oportunidad, el informe que emita la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios se pronunciará sobre el cumplimiento de las obligaciones financieras y contables dispuestas en la Ley de Organizaciones Políticas y el Reglamento, y si hay mérito para el inicio del procedimiento administrativo sancionador. 

(FIN) JCC/JCR
JRA
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Publicado: 1/9/2021