Andina

Oficializan ley que crea régimen especial para el desarrollo del Centro Histórico de Lima

Contempla medidas de diversa índole e incentivos para la inversión

Foto: ANDINA/Daniel Bracamonte.

Foto: ANDINA/Daniel Bracamonte.

08:10 | Lima, ene. 17.

El Centro Histórico de Lima cuenta desde hoy con un régimen especial legislativo con el que se busca proteger su patrimonio cultural y promover su desarrollo.

Los parámetros del mismo están contemplados en la Ley 31980, aprobada en el Congreso y publicada hoy en la separata Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

En esta ley se determina que la rectoría del Patrimonio Cultural ubicado en el Centro Histórico de la ciudad capital está a cargo del Ministerio de Cultura.
Por tanto, las ordenanzas emitidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima y de otros distritos de la capital, así como las modificaciones al Plan Maestro y al Reglamento Único de Administración de esa zona deben contar con una opinión previa emitida por la referida cartera ministerial.

Entre los aspectos contemplados por la norma se encuentra el de la potestad de la Municipalidad Metropolitana de Lima de diseñar y ejecutar programas municipales de vivienda para las familias de bajos recursos. Se autoriza para ello el uso de inmuebles declarados en abandono o que hayan sido otorgados a la referida comuna.

Promoción de la inversión

Para promover la inversión a fin de recobrar bienes inmuebles del Centro Histórico capitalino, la ley establece un régimen tributario especial que permitirá recuperar hasta el 30 % de la inversión que se efectúe en proyectos de restauración. 

Asimismo, se define la figura de los mecenas culturales y se señala que estos pueden deducir como gasto las donaciones que realicen hasta en un 10 % de su renta neta de tercera categoría y hasta el 10 % de su renta neta de trabajo y de fuente extranjera.

El financiamiento para los proyectos de inversión enmarcados en el Plan Maestro del Centro Histórico de Lima que lleva a cabo la municipalidad capitalina proviene de una asignación hecha desde el Ministerio de Economía y Finanzas. Esta entidad entrega en el primer trimestre del año el 3 % del total del impuesto general a las ventas generado por la mencionada comuna.


En otra disposición complementaria se fija que una vez que esta ley entre en vigor el municipio capitalino “inicia de forma inmediata el procedimiento de revocatoria de licencia de funcionamiento que opere en inmuebles del Centro Histórico de Lima que tengan resolución de inhabitabilidad vigente, en salvaguarda de la vida y la integridad física de las personas”.

Se establece, asimismo, que el municipio cuente con un órgano de planificación, gestión y recuperación del Centro Histórico de Lima. Esta ley también señala que la comuna capitalina debe contar con una Comisión Técnica para la Declaración y Levantamiento de la Condición de Inhabitabilidad de Inmuebles en el referido ámbito capitalino.

Centro Histórico de Lima by Fidel Gutierrez on Scribd


Sanciones y autorizaciones

La realización de obras no autorizadas puede ser suspendida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, que también puede disponer la demolición correspondiente. La comuna capitalina también puede declarar en abandono o inhabitables inmuebles que se encuentren en dichas condiciones.
Otros puntos definidos en esta ley son los requisitos y procedimientos para obtener autorización a fin de ejecutar obras de servicios públicos e intervenciones en espacios públicos del Centro Histórico. De igual forma, se indica que las entidades públicas están obligadas a dar mantenimiento, conservar y restaurar los inmuebles que ocupan en esta zona.

Debe señalarse que en su quinta disposición complementaria final, la ley autoriza al Parlamento Nacional a ejecutar proyectos objeto de restauración y puesta en valor del Museo del Congreso y de la Casa de la Inquisición.


(FIN) FGM/JCC
GRM

Más en Andina:

Publicado: 17/1/2024