Andina

Nuevos emprendimientos podrán obtener licencias presentando declaración jurada

Se trata de cuatro nuevas actividades enmarcadas en las disposiciones del Estado de Emergencia Nacional

Facilitarán el alquiler de bicicletas, entre otros. ANDINA/Difusión

Facilitarán el alquiler de bicicletas, entre otros. ANDINA/Difusión

19:03 | Lima, may. 15.

A fin de apoyar a las micro y pequeñas empresas (mypes), a partir de hoy cuatro nuevas actividades económicas, relacionadas con las disposiciones del gobierno por el Estado de Emergencia Nacional, pueden iniciar sus labores empresariales presentando solo una Declaración Jurada ante la municipalidad de su jurisdicción.

Así lo establece el Decreto Supremo Nº 009-2020-Produce, el cual modifica el Decreto Supremo N° 011-2017-Produce y establece los lineamientos que determinan los giros afines o complementarios entre sí, para el otorgamiento de estas licencias de funcionamiento.

De esta manera, el listado actual contempla como nuevas actividades a los que tienen que ver con:

i) módulos móviles de alquiler de bicicletas, scooter, monopatín u otros similares, 

ii) servicio de alquiler de menaje y artículos de decoración en menor escala, 

iii) servicio de alquiler de efectos personales y enseres domésticos en menor escala y, 

iv) coworking.


Distanciamiento social 

Estos nuevos emprendimientos, han sido priorizados considerando su impacto en los nuevos protocolos dispuestos para mantener el distanciamiento social, a fin de afrontar la propagación del coronavirus. 

Este trámite a sola presentación de Declaración Jurada, busca eliminar cargas administrativas promoviendo que más empresas ingresen al mercado, a favor de los ciudadanos que desean emprender y mejorar su situación económica, en el contexto de Emergencia Nacional.

Asimismo repercute positivamente en el incremento de la oferta para el consumidor final, impulsando la reactivación económica y promoviendo la competencia.

Vale resaltar que las actividades simultáneas y adicionales deben seguir ciertos criterios como el de no representar riesgo alto ni muy alto, a su vez deben ocupar un área menor a la que ocupa el giro del negocio, o no deben alterar de manera estructural la infraestructura del establecimiento, ni el desarrollo del giro del negocio.


Más en Andina:

(FIN) SDD

Publicado: 15/5/2020