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Normas Legales: PJ crea comisión para implementar unidades de flagrancia

A fin de combatir a la delincuencia común

Foto: ANDINA/Vidal Tarqui.

Foto: ANDINA/Vidal Tarqui.

09:30 | Lima, mar. 22.

El Poder Judicial aprobó la constitución de la Comisión de Implementación de las unidades de flagrancia en Perú con la finalidad de combatir la delincuencia común.

Mediante la Resolución Administrativa 000093-2022-CE-PJ,  publicada este miércoles en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, son ochos los funcionarios que integrarán la referida comisión, quienes desempeñarán el cargo en adición a sus funciones.


A continuación, se detallan los miembros:

  • Elvia Barrios Alvarado, presidenta del Poder Judicial (quien la preside)
  • Gustavo Álvarez Trujillo, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
  • Eduardo Vargas Pacheco, gerente general del Poder Judicial.
  • Yanett Mena Barboza, gerente de Infraestructura Inmobiliaria del Poder Judicial.
  • Guillermo Pérez Silva, gerente de Informática del Poder Judicial.
  • Andy Nail Flores Navarro, secretario técnico de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.
  • Edman Rodríguez Vásquez, gestor administrativo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal (quien hará las veces de secretario técnico de la comisión).
  • Fernando Alarcón Díaz, consultor del despacho de la Presidencia del Poder Judicial.
Funciones

La resolución establece que la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en Perú tendrá las siguientes funciones:
  1. Gestionar en forma coordinada con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la asignación de recursos presupuestarios ante el Ministerio de Economía y Finanzas, para la implementación de las Unidades de Flagrancia en los Distritos Judiciales del país que lo requieran, previa evaluación cuantitativa y cualitativa de carga procesal, en lo que respecta al ingreso de procesos de flagrancia.
  2. Elaborar herramientas de gestión en forma coordinada y conjunta con la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal (protocolos de actuación interinstitucional, directivas, reglamentos); y demás herramientas que sean necesarias para los procesos de flagrancia.
  3. Identificar inmuebles y posteriormente, si lo requiere, adecuaciones de espacios físicos, para el óptimo desarrollo de las funciones de cada institución en el recinto judicial.
  4. Convocar a reuniones interinstitucionales para la elaboración del diseño de flujo de los procesos de flagrancia.
  5. Diseñar herramientas de gestión para el seguimiento de casos de los procesos de flagrancia.
  6. Diseñar actividades de capacitación al personal jurisdiccional y administrativo de carácter transversal.
  7. Otras actividades que se generen como consecuencia de las necesidades que surjan en el proceso de implementación de las unidades de flagrancia.

(FIN) GDS/CVC
GRM

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Publicado: 22/3/2022