El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó hoy el nuevo “Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral” que regirá para los futuros procesos electorales, en el que se precisan las recientes incorporaciones para solicitar una excepción al sufragio.
Este reglamento, aprobado mediante
Resolución 0113-2025-JNE y publicado en el Diario Oficial
El Peruano, cuenta con un nuevo concepto denominado “Situación excepcional y razonable”, el cual especifica que si a una persona le ocurre un hecho inusual y ajeno a su control, que le imposibilita su participación en la jornada electoral, puede solicitar su justificación y dispensa.
Las medidas o acciones que se deriven de esta situación deben ser proporcionales, justificadas y adecuadas para tratar la circunstancia excepcional y no atribuirle a negligencia o desinterés del elector.
Así, la causa debe afectar específicamente el periodo en que se debía cumplir con la obligación de votar y/o instalar la mesa de sufragio. Para ello, en el momento de presentar la justificación, la documentación debe contener pruebas suficientes a fin de verificar la autenticidad del caso.
Asimismo, el reglamento señala que los ciudadanos que realizan labores de transporte aéreo y marítimo, así como los choferes de buses interprovinciales, pueden presentar la justificación y dispensa. Igualmente, los trabajadores que cumplen una función electoral como la organización, desarrollo y fiscalización.
Por otro lado, el Instituto Nacional Penitenciario (Inpe) podrá solicitar la justificación de los internos del Programa Nacional de Centros Juveniles (Pronacej); mientras que el Centro Emergencia Mujer, dependiente del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, también pueden solicitar la dispensa de las mujeres que se encuentran bajo su protección y cuidado.
En el caso de fallecimiento de un familiar directo, se extiende el plazo de justificación a diez días cuando el suceso ocurra en un lugar distinto al de sufragio.
Oficinas Desconcentradas y Seguridad
Además, las oficinas desconcentradas del JNE tendrán la facultad de resolver las solicitudes de dispensa en primera instancia, y se reforzará la verificación posterior para prevenir el uso de documentos falsos.
De acuerdo con la norma, la Dirección General de Recursos y Servicios y la Dirección Nacional de Oficinas Desconcentradas tendrán la responsabilidad de anular actos administrativos en caso de fraude documental conforme a los alcances de la Ley de Procedimiento Administrativo General.
Esta nueva propuesta del reglamento mejora la claridad, equidad y aplicabilidad del sistema de dispensas. Se busca garantizar un equilibrio entre el cumplimiento de las obligaciones electorales y el reconocimiento de circunstancias excepcionales justificadas, además de ser más inclusiva y eficiente.
(FIN) NDP/CVC
GRM
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Publicado: 25/3/2025